El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, en relación con el expediente n.º 6209/07-Sancionador de Grupo Solis Vintners, Sociedad Limitada de restituciones a la exportación y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Hago saber: Por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino se acordó con fecha 18 de abril de 2008 lo siguiente: 1.º) Incoar expediente sancionador a la sociedad Grupo Solis Vintners, Sociedad Limitada, por aplicación de las medidas previstas en el artículo 51 del Reglamento (CE) 800/99, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción, puesto que dicha sociedad solicitó con cargo al expediente DUA 4641-04-110841 (1.ª partida) de restituciones a la exportación de vino de mesa, unos importes de ayuda a la que no tenía derecho, dado que los productos exportados no reunían las características reglamentariamente exigidas. 2.º) El importe de la sanción asciende a 535,97 euros. 3.º) Conceder quince días hábiles para que dicha firma presente alegaciones.
Lo que se hace público en sustitución de la notificación directa a la firma interesada, la cual podrá dirigirse al FEGA, calle Beneficencia, 8, para conocer el texto íntegro del mencionado acuerdo.
Madrid, 4 de septiembre de 2008.-El Presidente, Fernando Miranda Sotillos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid