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Dada la posible existencia de una pluralidad indeterminada de personas interesadas en el expediente MTZ 2008/1193, se procede, de acuerdo con lo establecido en los artículos 59.6 y 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC), a notificar por este medio que en relación con el procedimiento que se sigue en la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones referente a la definición y análisis de los mercados de terminación de llamadas vocales en redes móviles individuales, la designación de operadores con poder significativo de mercado y la imposición a los operadores de obligaciones específicas, se ha acordado lo siguiente: Debido a la complejidad del presente procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 42.6 de la LRJPAC, se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del mismo en tres meses adicionales, que se computarán a partir de la fecha en que habría de concluir el plazo ordinario.
Asimismo, se pone de manifiesto que contra el presente acuerdo no cabe recurso alguno, conforme a lo establecido en el artículo 42.6 de la LRJPAC.
Barcelona, 2 de octubre de 2008.-P. D. (Acuerdo del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de 8 de mayo de 2008, B.O.E. núm. 142, de 12.06.2008), el Secretario, Ignacio Redondo Andreu.
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