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Documento BOE-B-2008-250144

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se declara de utilidad pública, la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, Cabra-Guadalquivir Medio, en las provincias de Córdoba y Jaén, cuyo titular es «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 16 de octubre de 2008, páginas 12099 a 12100 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-250144

TEXTO

Vistos los expedientes incoados en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba y en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Jaén, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la declaración de utilidad pública de la línea eléctrica arriba citada, autorizada por esta Dirección General por Resolución de fecha 26 de junio de 2007. Resultando que la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Resultando que por parte de particulares se presentaron alegaciones que fueron contestadas por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Resultando que remitidas por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a Telefónica, a ENAGAS, a la Unidad de Carreteras en Córdoba de la Demarcación de Carreteras del Estado, a la Sección de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Delegación Provincial de Córdoba, al Ayuntamiento de Baena, al Ayuntamiento de Nueva Carteya, al Ayuntamiento de Cabra y al Ayuntamiento de Cañete de las Torres; por los mismos se ha emitido conformidad al proyecto, no habiéndose recibido contestación alguna de Sevillana Endesa, de la Diputación Provincial de Córdoba, de la Sección de Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y de la Delegación Provincial de Córdoba, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 131.2 y 146.1 del referido Real Decreto 1995/2000, de 1 de diciembre. Resultando que remitida por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo a la Sección de Vías Pecuarias de la Consejería de Medio Ambiente de la Delegación Provincial de Córdoba, por la misma se presentan alegaciones, las cuales son contestadas por Red Eléctrica, dándole traslado de las mismas a dicho organismo para que muestre su conformidad o reparos. Mediante escrito de 11 de marzo de 2006 la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente manifiesta que Red Eléctrica deberá solicitar la ocupación de las vías pecuarias. Resultando que remitidas por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Jaén separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, a Sevillana-Endesa Distribución, a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a ENAGAS, a la Diputación Provincial de Jaén, a ADIF, a la Unidad de Carreteras en Jaén de la Demarcación de Carreteras del Estado, a la Sección de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Delegación Provincial de Jaén, al Ayuntamiento de Porcuna, y al Ayuntamiento de Marmolejo; por los mismos se ha emitido conformidad al proyecto; no habiéndose recibido contestación alguna de Telefónica y de la Sección de Vías Pecuarias de la Delegación Provincial en Jaén de la Consejería de Medio Ambiente, tras la reglamentaria reiteración, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 131.2 y 146.1 del referido Real Decreto. Resultando que remitida por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Jaén separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo a la Sección de Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Delegación Provincial de Jaén, y al Ayuntamiento de Lopera, por los mismos se presentan alegaciones, las cuales son contestadas por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», dándoles traslado de las contestaciones a dichos organismos para que muestren su conformidad o reparos, no habiéndose recibido contestación alguna en el plazo reglamentario, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 131.4 y 147.2 del referido Real Decreto. Vistos los informes favorables emitidos por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba y por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Jaén. Considerando que la citada línea eléctrica, como instalación integrante del nuevo eje de la Red de Transporte «Arcos-La Roda-Cabra-Guadalquivir Medio», está incluida en la vigente planificación eléctrica constituida por el documento denominado «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas. Desarrollo de las Redes de Transporte 2002-2011», aprobado por Consejo de Ministros de fecha 13 de septiembre de 2002 y ratificado por la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados con fecha de 2 de octubre de 2002. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Declarar la utilidad pública de la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, Cabra-Guadalquivir Medio, en las provincias de Córdoba y Jaén, cuyo titular es «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con las siguientes características: Tensión nominal: 400 kV.

Temperatura de diseño del conductor: 85 ºC. Capacidad térmica de transporte por circuito: 2.441 MVA. Número de circuitos: Dos, tríplex. Conductores: Tipo Cóndor AW. Cables de tierra: Dos, uno compuesto tierra-óptico, y el otro convencional. Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio U-210 BS. Apoyos: Torres metálicas de celosía. Cimentaciones: De zapatas individuales. Puesta a tierra: Anillos de varilla de acero descarburado. Longitud aproximada: 73 kilómetros. Longitud de la línea en la provincia de Córdoba: 53 kilómetros. Términos municipales afectados en la provincia de Córdoba: Cabra, Nueva Carteya, Baena y Cañete de las Torres. Longitud de la línea en la provincia de Jaén: 20 kilómetros. Términos municipales afectados en la provincia de Jaén: Porcuna, Lopera y Marmolejo.

La finalidad de la línea como instalación integrante del nuevo eje de la red de transporte Arcos-La Roda-Cabra-Guadalquivir Medio es reforzar eléctricamente la red de distribución de la región; posibilitando la incorporación a la red de transporte de la nueva generación, tanto de régimen ordinario, de tipo de ciclo combinado, como de régimen especial, de tipo eólica; mejorando el mallado de la red de transporte de energía eléctrica, incrementando el nivel de seguridad y operatividad de la misma y posibilitando, asimismo, la alimentación eléctrica al futuro Tren de Alta Velocidad Córdoba-Málaga.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 3 de octubre de 2008.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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