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Documento BOE-B-2008-251094

Anuncio de la Sección de Atestados y Expedientes de la Agrupación ACAR Getafe, por la que se notifica el Acuerdo de Resolución relativo al Expediente Disciplinario 01/06, incoado a D. David Nicolás Centeno Gutiérrez, por la comisión de una falta grave prevista en el artículo 8.22 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 17 de octubre de 2008, páginas 12144 a 12145 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2008-251094

TEXTO

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación en el domicilio del expedientado que constan en las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a Don David Nicolás Centeno Gutiérrez, con Documento Nacional de Identidad número 70.867.717, Informe de la Asesoría Jurídica del Mando Aéreo General, así como acuerdo de resolución del Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo General de fecha 19 de agosto de 2008, relativo al Expediente Disciplinario 01/06, que se transcribe a continuación de forma literal:

«Ha tenido entrada en este Mando el día 13 de agosto del presente Expediente Disciplinario número 01/06 instruido al Cabo Don David Nicolás Centeno Gutiérrez, por la presunta comisión de falta grave del art. 8.22 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LORDFAS).

Antecedentes de hecho

Primero.-El expediente disciplinario número 01/06 fue incoado por Acuerdo de fecha 9 de enero de 2006, al Cabo don David Nicolás Centeno Gutiérrez, por la presunta comisión de la falta grave del artículo 8.22 de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LORDFAS), consistente en «Realizar acciones que supongan vejación o menosprecio a subordinados y compañeros, dejar de auxiliar al compañero en peligro o llevar a cabo acciones u omisiones contrarias a la dignidad militar susceptibles de producir descrédito o menosprecio de las Fuerzas Armadas». Segundo.-El Sr. Instructor, el Teniente don Juan Carlos López Pérez, emite propuesta de Resolución en fecha 7 de julio de 2008 en el que propone «la conclusión del expediente sin declaración de responsabilidad al haber pasado el expedientado a una situación distinta del servicio activo, incompatible con la exigencia de responsabilidad disciplinario. Tercero.-El Cabo don David Nicolás Centeno Gutiérrez ha causado baja en este Ejército por finalización de su compromiso el día 18 de junio de 2008 por Resolución 762/09566/08 (BOD 119).

Fundamentos de Derecho

Primero.-El artículo 3.1 de la Ley Orgánica 8/1998 de 2 de diciembre de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LORDFAS), donde se establece que «están sujetos a lo dispuesto en la presente Ley los militares de carrera y los demás militares que mantienen una relación de servicios profesionales, salvo que, conforme a su legislación específica, pasen a situaciones administrativas en las que dejen de estar sujetos al régimen general de derechos y obligaciones del personal de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares». Por tanto resulta que el Cabo don David Nicolás Centeno Gutiérrez ha dejado de estar sujeto a la Ley Disciplinaria Militar, circunstancia ésta que exige acordar la terminación sin responsabilidad del presente expediente, y a su archivo, sin perjuicio de su posterior reapertura si en el futuro no volviera el interesado a estar sometido al régimen disciplinario militar y no hubiere prescrito la infracción presuntamente cometida.

Por todo lo anterior, vistos los artículos precitados y demás de general o especial aplicación, procede: Acordar la terminación del presente Expediente Disciplinario sin declaración de responsabilidad y el archivo de las actuaciones, por no serle aplicable al ex-Cabo don David Nicolás Centeno Gutiérrez las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 8/1998 de 2 de diciembre.

Pasen las actuaciones al Excmo. Sr. General de la Base Aérea de Torrejón para su conocimiento y remisión al Instructor y notificación al interesado. V.E. no obstante resolverá, El Asesor Jurídico, P.A., Alejandro Javier Fernández Ferrer.

De conformidad con el procedente informe de mi Asesor Jurídico y por sus propios fundamentos, vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo: la terminación del presente expediente sin declaración de responsabilidad y el archivo de las actuaciones. Notifíquese esta Resolución al interesado, haciéndole saber que contra la misma podrá interponer recurso por escrito debidamente fundamentado ante el Excmo. Sr. General Jefe del Estado Mayor del Aire, en un plazo de quince días que se iniciará el día siguiente al de la notificación, conforme a lo establecido en los artículos 75, 76 y siguientes LORDFAS.

El General Jefe acctal. del MAGEN, Diego Alonso Fernández.

Getafe, 9 de octubre de 2008.-El Instructor del Expediente D. Juan Carlos López Pérez

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