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Documento BOE-B-2008-279104

Anuncio del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas sobre la notificación de la resolución desestimatoria de la solicitud de subrogación en el contrato de cesión de uso de la vivienda militar sita en Madrid en la calle General Orgaz, número 31, C, 6.º izqda., relativa a don Antonio Jaime González Montaño.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 19 de noviembre de 2008, páginas 13710 a 13710 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2008-279104

TEXTO

En cumplimiento de la obligación legal contenida en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que no ha podido practicarse la notificación oportuna personalmente a don Antonio Jaime González Montaño, con DNI 5.232.318-W, en su último domicilio conocido, sito en la plaza Nicaragua, n.º 1 de Móstoles (Madrid), tras reiterados intentos infructuosos en días y horas diferentes, se le notifica que en fecha 29 de mayo de 2008 se dictó por el Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas (INVIFAS), Resolución del procedimiento iniciado con fecha 25 de febrero de 2008, de subrogación en el contrato de cesión de uso de vivienda militar por fallecimiento del titular. Según la documentación aportada, el interesado no acredita su residencia habitual en la vivienda militar y así mismo no acredita la convivencia con el titular de dicha vivienda durante los dos años inmediatamente anteriores al fallecimiento del mismo, según lo establecido en el artículo 6 de la Ley 26/1999, de 9 de julio. En consecuencia se resuelve por este Instituto, desestimar su petición de subrogación en el contrato de cesión de uso de la vivienda sita en la localidad de Madrid, en la Calle General Orgaz, n.º 31, C, 6.º Izqda., por lo que deberá proceder al desalojo voluntario de la citada vivienda, y a su entrega a este Instituto. En el caso de que no proceda a dicho desalojo se dará traslado de los antecedentes a la Unidad competente de este Organismo para que inicie el correspondiente expediente administrativo de desahucio por la causa prevista en el artículo 10.1 .g) de la Ley 26/1999, de 9 de julio (fallecimiento del titular sin que existan beneficiarios del derecho), que finalizaría, de quedar acreditada la concurrencia de la citada causa, con el lanzamiento forzoso de los ocupantes.

La presente resolución agota la vía administrativa en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 26/1999 de 9 de julio y contra la misma, podrá interponer potestativamente recurso de reposición regulado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ante esta Dirección General en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE ( o si fuese posterior, al de su publicación edictal), o en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo regulado por la Ley 29/1998, de 13 de julio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, o el correspondiente a su domicilio.

Madrid, 27 de octubre de 2008.-La Subdirectora General de Gestión, Isabel Truyol Wintrich.

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