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Documento BOE-B-2008-29042

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A.», la línea eléctrica aérea, a 400 kV, doble circuito, denominada «Línea Aérea de Evacuación de 400 kV Soto IV y V-Subestación de Ferreros», en el término municipal de Ribera de Arriba, en la provincia de Asturias.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 2 de febrero de 2008, páginas 1206 a 1206 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-29042

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Asturias, a instancia de «Hidroeléctrica del Cantábrico, Sociedad Anónima», con domicilio en Plaza de la Gesta, 2 de Oviedo, solicitando autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación arriba citada. Resultando que a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de «Hidroeléctrica del Cantábrico, Sociedad Anónima», no recibiéndose alegaciones. Resultado que se remite separata del proyecto y se solicita informe al Ayuntamiento de Ribera de Arriba en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas; se reitera la petición de informe con fecha 9 de noviembre de 2006; recibiéndose informe fechado el día 15 de noviembre de 2006 en el que se pone de afirma que no existe inconveniente desde el punto de vista urbanístico y que se encuentra condicionado al informe favorable de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias. Dicho condicionado se remite a «Hidroeléctrica del Cantábrico, Sociedad Anónima», que responde con fecha 10 de julio de 2007 remitiendo el informe favorable de la comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, fechado el 4 de diciembre de 2006, y adjuntando la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Ribera de Arriba. Resultando que con fecha 7 de septiembre de 2006, se remite separata del proyecto solicitando informe a la Confederación Hidrográfica del Norte, en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; con fecha 18 de septiembre de 2007 se reitera la petición de informe, no recibiéndose respuesta, por lo que se considera evacuado el informe en sentido favorable en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Asturias. Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada con fecha 13 de diciembre de 2007. Resultando que la construcción de la línea solicitada, tiene por fin la evacuación de la energía generada en los grupos IV y V de Ciclo Combinado a la Central Térmica de Soto de Ribera. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Capítulo II y V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica del Cantábrico, Sociedad Anónima», la línea eléctrica aérea, a 400 kV, doble circuito, denominado «Línea Aérea de Evacuación 400 kV Soto IV y V-Subestación de Ferreros», en el término municipal de Ribera de Arriba, en la provincia de Asturias, cuyas características principales son: Término municipal afectado: Ribera de Arriba, en la provincia de Asturias.

Tensión: 400 kV. Frecuencia: 50 Hz. Número de circuitos: Doble Trifásico. Trazado: Cada circuito tiene su origen en los pórticos de los futuros Grupos de Ciclo Combinado IV y V. A partir de dichos pórticos, las líneas pasarán por los apoyos 3A y 3B respectivamente para concurrir en el apoyo 2, pasar por el 1 y finalizar en el pórtico de 400 kV de la subestación de Ferreros. Longitud: 646 m el circuito que parte del Grupo IV y 617 m el circuito que parte del Grupo V. Conductor: Tipo Duplex, Aluminio-Acero, tipo 485, tipo-AL1/63-ST1A. Disposición: Vertical en cada circuito. Cable de tierra: Doble cable de tierra de fibra óptica de tipo OPGW 26. Tomas de tierra: anillos de cuatro picas de acero cobrizazo. Aislamiento: Cadenas horizontales de aisladores compuestos formadas por columnas de goma de silicona HTV y cadenas verticales de 1 columna de goma de silicona HTV. Apoyos: Metálicos de acero galvanizado. Cimentación: Zapatas individuales de hormigón en masa.

La finalidad de la instalación es la evacuación de la energía generada en los grupos IV y V de Ciclo Combinado de la Central Térmica de Soto de Ribera.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 26 de diciembre de 2007.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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