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Documento BOE-B-2008-304088

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto de la resolución del procedimiento sancionador PS/00363/2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 18 de diciembre de 2008, páginas 14835 a 14835 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2008-304088

TEXTO

No habiéndose podido practicar, en el último domicilio conocido de la entidad Grupo 1812, S.L., la notificación de la Resolución R/01696/2008, de fecha 5 de diciembre de 2008, dictada por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el procedimiento señalado con el número PS/00363/2008, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe, para que sirva de notificación, extracto de la parte dispositiva de la mencionada Resolución: El Director de la Agencia Española de Protección de Datos resuelve:

Primero.-Imponer a Grupo 1812 S.L, por una infracción del artículo 21 de la LSSI, tipificada como leve en el artículo 38.4.d) de dicha norma, una multa de 600,01 € (seiscientos euros con un céntimo) de conformidad con lo establecido en el artículo 39.1.c) de la misma Ley.

Segundo.-Notificar la presente resolución a Grupo 1812 S.L., con domicilio en C/ Sagasta, 36, bajo, 11001 Cádiz (Cádiz).

Advertir al sancionado que la sanción impuesta deberá hacerla efectiva en el plazo de pago voluntario que señala el artículo 68 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en relación con el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, mediante su ingreso en la cuenta señalada al efecto en la citada Resolución. En caso contrario, procederá su exacción por vía de apremio.

De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto.

Lo que se comunica para conocimiento de Grupo 1812, S.L., que podrá dirigirse a las oficinas de la Agencia Española de Protección de Datos en Calle Jorge Juan, 6, de Madrid, para conocer el texto íntegro del mencionado acto.

Madrid, 12 de diciembre de 2008.-El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.

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