Ignorándose el actual domicilio de D. Francisco Vivar Alcayde, por no hallársele en el de la calle Covadonga, núm. 94, de Alcalá de Henares (Madrid), se le hace saber que, recaída Resolución del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, con fecha 3 de septiembre de 2008, en el expediente incoado para el ejercicio del desahucio de la vivienda militar sita en la dirección antes indicada, por el Director General Gerente del mismo, se ha dictado con fecha 21 de noviembre de 2008, Acuerdo mediante el que, de conformidad con lo prevenido en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se requiere al interesado para que en un plazo máximo de quince días hábiles, a partir del día siguiente a la presente publicación, manifieste expresamente si consiente, o no, la entrada en su domicilio de la calle Covadonga, núm. 94, de Alcalá de Henares (Madrid), a los efectos de proceder al lanzamiento. Si transcurrido el plazo señalado, no se recibe su autorización, se entenderá denegada a efectos de solicitar la autorización de entrada en la vivienda militar.
Madrid, 4 de diciembre de 2008.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
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