El Servicio de Gestión del Fondo de Alimentos de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, por delegación de la Directora General de Costes de Personal y Pensiones Públicas (Resol. 9 de enero de 2008), de acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pone en conocimiento de D. Antonio Sánchez Hernández, con D.N.I. 77521371-D, obligado al pago de alimentos en virtud de resolución judicial, que por Resolución de esta Dirección General de fecha 11 de noviembre de 2008 dictada en aplicación del R.D. 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, se ha reconocido a los menores T.S.R., M.T.S.R. y C.M.S.R. el anticipo de 100 euros mensuales desde 01/08/2008 hasta 31/01/2010, al que se refiere el citado Real Decreto.
La recaudación del importe de los pagos realizados contra el obligado a satisfacerlos se efectuará mediante el procedimiento de apremio previsto en el Reglamento General de Recaudación.
Madrid, 11 de diciembre de 2008.-La Directora General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, P.D. (Resolución 9-1-2008), la Jefa del Servicio, Cristina Canales del Río.
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