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Documento BOE-B-2008-58128

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre la Resolución Ministerial por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave «EI-4-M-47. «M-40. Calzadas de servicio y otras alternativas». Arco Sur: pp. kk. 4+200 a 33+000. Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 7 de marzo de 2008, páginas 2856 a 2856 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-58128

TEXTO

Con fecha 13 de febrero de 2008, el Sr. Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación del Departamento por delegacion de la Sra. Ministra del Departamento (Orden 30/5/96) ha resuelto:

1. Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre).

2. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el estudio: «M-40. Calzadas de servicio y otras alternativas». Arco Sur: desde el enlace con la M-11 hasta la A-5, pp. kk. 4 a 30. Madrid. EI-4-M-47. 3. Seleccionar como más recomendable la alternativa descrita en el estudio y resumida en el informe de aprobación, con diversas actuaciones en vías de servicio, calzadas laterales, remodelación de enlaces y medidas correctoras que incluyen pantallas y muros fonoabsorbentes en un tramo del tronco de la M-40, cuya longitud es de 26 km. El presupuesto de ejecución (PEC) para las distintas actuaciones incluidas se ha estimado en 239,8 M€. 4. En la redacción de los proyectos de construcción se considerarán las condiciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

En el supuesto de que la resolución sea impugnada por una Administración Pública distinta a la General del Estado, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/98, de 13 de julio, de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 26 de febrero de 2008.-El Ingeniero Jefe, José Ramón Paramio Fernández.

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