Está Vd. en

Documento BOE-B-2008-58141

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar por la que se anuncia: Información Pública del Proyecto Constructivo de las obras de control y laminación de avenidas en la cuenca media del río Serpis (provincia de Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 7 de marzo de 2008, páginas 2860 a 2861 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2008-58141

TEXTO

Las obras de control y laminación de avenidas en la cuenca media del río Serpis se incluyeron en su momento en el anexo II de la Ley 10/2001, de 5 de julio del Plan hidrológico Nacional siendo declarada de interés general, además se ha incorporado dentro del anexo IV del la Ley 11/2005 de 22 de junio por la que se modificó aquella Ley 10/2001, declarándola como actuación prioritaria y urgente. Las avenidas en la cuenca del río Serpis constituyen una característica fundamental de su funcionamiento hidrológico. La causa es meteorológica, aunque las consecuencias se ven agravadas por la geomorfología de la zona y por la ocupación humana de sus llanuras de inundación. Las inundaciones de 1986 y de 1987 en la que el Serpis se desbordó en Gandía, motivaron la creación de la Comisión Técnica encargada de la elaboración del Plan de Defensas contra las Avenidas en la Comarca de la Safor. Con fecha 2 de septiembre de 2005 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la información pública del «proyecto informativo de las obras de control y laminación de avenidas en la cuenca media del río Serpis (provincia de Valencia)», con objeto de dar cumplimiento al art. 86 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y al Real Decreto 1131/1988 de 30 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986 de 25 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental. Una vez finalizado el proceso de información pública el 21 de abril de 2006 y promulgada la resolución de 22 de diciembre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, en que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del citado proyecto, se procede a la redacción del proyecto constructivo, incorporando al mismo las conclusiones tanto del proceso de información pública como de la declaración de impacto ambiental. Esto ha dado lugar a modificaciones en el proyecto constructivo respecto al informativo, con objeto de reducir la afección por el vaso del embalse del azud de Terrateig, mediante la disminución de la cota de embalse y las dimensiones del aliviadero. Se ve afectada por tanto la zonificación territorial correspondiente a la laminación del azud en caso de avenida. De conformidad con el Reglamento Técnico de Seguridad de Presas y Embalses, se ha incorporado al proyecto, el análisis del riesgo de inundaciones debido a la posible rotura o funcionamiento anómalo de la presa, así como la delimitación de la eventual zona afectada por la inundación, en los términos previstos por la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones. También se ha eliminado en el proyecto constructivo respecto al informativo, la defensa prevista en el municipio de Alfauir, al no ser acorde con los niveles de protección utilizados para el resto del proyecto. Las actuaciones estructurales previstas en el proyecto incluyen un azud de laminación en la rambla Vernissa, defensas en los cauces del río Serpis (Beniarjó) y de la rambla Vernissa (Almiserá, Llocnou de Sant Jeroni y Rótova) y un trasvase del barranco del Piles al río Serpis. Las obras anteriormente indicadas se describen a continuación: El azud de laminación en la rambla Vernissa se ubica en la cerrada propuesta en el estudio precedente, Plan Director de Defensas contra las avenidas en la Comarca de La Safor. Dicha cerrada y el embalse creado por el azud se sitúan entre dos términos municipales el de Terrateig y el de Benicolet. El azud, de tipología de agujero, se proyecta con dos aliviaderos de labio fijo de 10 y 50 m de longitud a las cotas 175 y 176,5 respectivamente, y un desagüe de fondo permanentemente abierto con una sección de 2x2 m a la cota 161,89. La altura de coronación se sitúa a la cota 181,50. El azud indicado en el párrafo anterior ha sido clasificado, ante el riesgo de rotura o funcionamiento, incorrecto, como «A». En la defensa de Almiserà y Llocnou de Sant Jeroni se han proyectado muros de mampostería en la margen derecha de la rambla Vernissa, con una longitud total de 193 m. En Rótova se ha planteado para evitar las inundaciones, defensas en dos puntos de la rambla Vernissa que suponen unos 450 m de protección, y un nuevo puente que sustituye a un paso inundable existente. Para la defensa de Beniarjó se han contemplado la eliminación de la pasarela situada aguas abajo del puente sobre el río Serpis, ya que supone un obstáculo a la circulación del agua y carece actualmente de ningún uso, y defensas en la margen derecha en una longitud de 206 m. Se proyecta también un trasvase del barranco del Piles al río Serpis para reducir las inundaciones de dicho barranco en las poblaciones situadas aguas abajo de su cruce con la AP-7. El canal tiene sección rectangular para reducir el ancho de ocupación y unas dimensiones de 10,50 m de base por 5,00 m de altura y una longitud de 1.820 metros aproximadamente. Se complementa con sus correspondientes obras de toma y de entrega, y pasos bajo las carreteras atravesadas. El Proyecto contiene memoria con sus anejos, planos de situación y de conjunto para definir las obras, pliego de prescripciones técnicas y un presupuesto. Incluye, asimismo, la relación de bienes y derechos afectados necesarios para la ejecución de las obras, situadas en los términos municipales de Benicolet, Terrateig, Almiserà, Llocnou de Sant Jeroni, Rótova, Beniarjó, Font Dèn Carrós y Rafelcofer en la provincia de Valencia. Por todo lo indicado anteriormente, es necesario incoar el expediente de Información Pública del proyecto constructivo, a los efectos previstos en:

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 86.

Reglamento Técnico de Seguridad de presas y embalses, en los términos previstos por la «Directriz Básica de Planificación Civil ante el Riesgo de Inundaciones» aprobado por Orden de 12 de marzo de 1996 (BOE n.º 78 de 30 de marzo de 1996).

En consecuencia y durante 30 días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el de la Provincia de Valencia, el proyecto constructivo podrá ser examinado por las personas que lo deseen, al objeto de formular alegaciones.

La documentación correspondiente estará a disposición de los interesados en los días y horas hábiles de oficina en la Confederación Hidrográfica del Júcar en Valencia, Avenida Blasco Ibáñez n.º 48, así como en las oficinas de Acuamed en Valencia, Avenida de las Cortes Valencianas 39-5.º-C.

Las alegaciones que se considere oportuno presentar deberán dirigirse a la Confederación Hidrográfica del Júcar, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 19 de febrero de 2008.-El Presidente, Firmado: Juan José Moragues Terrades.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid