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Documento BOE-B-2008-90079

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones, sobre la notificación al Sargento 1.º en Excedencia Voluntaria don Joaquín López Ruiz para el reintegro del percibo indebido de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 14 de abril de 2008, páginas 4526 a 4526 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2008-90079

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don Joaquín López Ruiz (24.813.766-D) el Acuerdo de 11 de septiembre de 2007, relativo al reintegro de pagos indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente: «Con escrito de este Servicio n.º 86.035 de 09-05-2007; se le notificaba la iniciación de un procedimiento de reintegro por el percibo indebido de la cantidad líquida de 1.659,26 euros en concepto de Haberes, en el período comprendido entre 01-09-2006 al 31-12-2006, abonada en la nómina de los meses de septiembre a diciembre de 2006, en virtud de la Resolución 160/11451/06 de 14 de julio de 2.006 ( BOD n.º 147), de fecha 28 de julio de 2.006, por la que se le concede licencia o prórroga de licencia por asuntos propios por un período de dos meses desde el 16 de julio de 2006, y en cumplimiento de la Resolución 160/15678/06 de 19 de octubre de 2.006 ( BOD n.º 211) de fecha 30 de octubre de 2.006, por la que pasa a la situación de Excedencia Voluntaria a petición propia desde el 10 de noviembre de 2.006. Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el Art. 84.2, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de Audiencia, y en consecuencia. Acuerdo declarar que la cantidad de 1.659,26 euros, percibidas por parte del Sargento 1.º don Joaquín López Ruiz (24.813.766-D) en concepto de Haberes, en el periodo comprendido entre el 01-09-2006 al 31-12-2006, tiene la consideración de «cantidades indebidamente percibidas». Voluntariamente puede reintegrarla a la Delegación de Hacienda de su domicilio fiscal, remitiendo fotocopia compulsada a este Servicio de Retribuciones, caso de hacer efectivo el ingreso, con el objeto de cancelar el procedimiento de reintegro que dispone la Orden EHA /4077/2005 de 26 de diciembre de 2.005 (BOE n.º 311) de 29-12-2005.

Contra este acto que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de Alzada ante el Director General de la Guardia Civil en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, en base a cuanto disponen los artículos 107,114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), y preferentemente, por razones de mayor agilidad a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (carretera de Andalucía km 25,500), aportando las pruebas necesarias para corroborar su recurso de alzada.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 2 de abril de 2008.-Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil, D. Emilio Muñoz Rubio.

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