Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-12065

ARONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 15 de abril de 2009, páginas 44768 a 44769 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
Referencia:
BOE-B-2009-12065

TEXTO

D/Dña. Concepción Rivero Rodríguez, Magistrado del Juzgado Nº 1 de Violencia Sobre la Mujer (Antiguo Mixto 7) de Arona y su Partido:

Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

En Arona a, 20 de noviembre de 2006.

Vistos por mi, Herminio Maíllo Pedraz, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Arona, los autos del Juicio Ordinario nº 335/03, en los que ha sido parte demandante la entidad mercantil Los Cristianos San Telmo. S.A. representada por el Procurador de los Tribunales D. Manuel A. Álvarez Hernández y asistida por el Letrado Don David Endériz Bonnet, y parte demandada la mercantil Kiscubi, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Belén Galindo Ramos, Don Virgilio Hernando Sanz, representado igualmemte por la Procuradora de los Tribunales Dña. Belén Galindo Ramos, Don Mathiu Frederic Hulley, Don Patrick Henri Raymond y Don Carlos Sánchez del Arco Alonso, en su calidad de legal representante de la mercantil Sharpe Management Services S.L., representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Juana Martínez Ibáñez, he dictado la presente Sentencia sobre la base de los siguientes.

Vistos, por el Sr./a Magistrado del Juzgado Nº 1 de Violencia sobre la mujer (Antiguo mixto 7) de Arona y su Partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, bajo el Número 0000335/2003, seguidos a instancias de D/Dña Los Cristianos San Telmo S.A., representado por el Procurador D/Dña Manuel Álvarez Hernández contra D/Dña. David Mathiu Frederic Hulley y D. Patric Henry Raymond, en paradero desconocido y situación de Rebeldía.

Fallo: Que debo desestimar y desestimo totalmente la demanda promovida por Los Cristianos San Telmo S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Don A. Álvarez Hernández, contra la mercantil Kiscubi,S.L., representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Belén Galindo Ramos, Don Virgilio Hernando Sanz representado igualmente por la Procuradora de los Tribunales Dña. Belén Galindo Ramos, Don Mathiu Frederic Hulley, Don Patrick Henri Raymond y Don Carlos Sánchez del Arco Alonso, en su calidad legal de representante de la mercantil Sharpe Management Services, S.L., representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Juana Martínez Ibáñez, y en consecuencia absuelvo a todos los demandados de las pretensiones deducidas en su contra en el escrito de demanda.

No ha lugar a imponer las costas causadas a ninguna de las partes, debiendo cada una abonar las causadas a su instancia y las comunes, si las hubiere, por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolas saber que la misma no es firme, siendo susceptible de ser recurrida en Apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, recurso que deberá ser preparado en este mismo Juzgado de Primera Instancia, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación. Líbrese testimonio de la misma, uniéndose a las actuaciones, y llévese el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia lo acuerdo, mando y firmo.

Publicación.- La anterior Sentencia fue leída y publicada por el Juez que la suscribe, celebrando Audiencia Pública en el día de su fecha. Doy fe.-

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente

Arona, 23 de febrero de 2009.- El/la Magistrado.- El/la Secretaria.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid