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Documento BOE-B-2009-13099

GIRONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 23 de abril de 2009, páginas 47028 a 47028 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-13099

TEXTO

Don Gonzalo Ferrer Amigó, Magistrado-Juez en sustitución del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario Abreviado número 926/2008, se ha acordado mediante Auto de fecha 3 de noviembre de 2008 la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil "Texnoga, Sociedad Limitada", con domicilio en calle Les Pedreres, 3 de la localidad gerundense de Banyoles y CIF número B-17234600, siendo designado como Administrador Concursal único a don Xavier Amargant Moreno.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido al ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso, así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 14 de abril de 2009.- El Magistrado-Juez.

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