La Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha, en uso de las competencias establecidas en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 11 de marzo de 1993 de la Dirección General de Carreteras, confirmada por la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes de 4 de junio de 1996, procede a la incoación del expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto: "Seguridad vial. Mejora de camino. Autovía A-43, pp.kk. 19+480 al 19+840. Margen izquierda. Tramo Villarrobledo. Clave: AB-CT-0925", siendo de aplicación el artículo 8 de la Ley 25/88 de 29 de julio, de Carreteras, por la cual la aprobación del referido Proyecto implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal y de imposición o modificación de servidumbres.
En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II, capítulo II de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y concordantes del Reglamento para su aplicación:
Esta Demarcación de Carreteras ha resuelto, de acuerdo con lo previsto en los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y por los artículos 17 y 18 del Reglamento de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, abrir información pública durante un plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, para que los propietarios que figuren en la relación adjunta y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras puedan formular por escrito dirigido a esta Demarcación de Carreteras todas las alegaciones que consideren oportunas para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación. En éste último caso se indicarán los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue.
Esta publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los planos podrán consultarse en el Ayuntamiento donde radiquen los bienes y derechos afectados, en esta Demarcación de Carreteras del Estado sita en la Plaza de Santa Clara, 7. 45071 Toledo y en la Unidad de Carreteras del Estado en Albacete sita en la C/ Alcalde Conangla, 4, bajo entresuelo, 02071 de Albacete.
Numero de orden |
Pol. |
Parc. |
Superficie Total(m2) |
DNI |
Apellidos y Nombre |
Domicilio fiscal |
Poblacion |
Cultivo |
Superf. Expropiación |
|
02600-001 |
44 |
19 |
20.296 |
4937191B |
Herederos de Esteban Cerezo Hernández |
C/ Rosario, 26 |
Villarrobledo |
C- |
239 |
|
02600-002 |
44 |
20 |
275.405 |
5052836N |
Francisco Tornero Laguía |
C/ San Sebastián, 74 |
Villarrobledo |
V.- |
439 |
Toledo, 28 de abril de 2009.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha. Fdo.: Fco. Javier González Cabezas.
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