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Documento BOE-B-2009-1560

INVERSEGUROS GESTION, S.A., S.G.I.I.C.
SEGURFONDO TERCIARIO, FII
ANUNCIO DE ACUERDO DE DISOLUCIÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2009, páginas 5964 a 5964 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2009-1560

TEXTO

Por la presente INVERSEGUROS GESTIÓN S.A. S.G.I.I.C. Sociedad Unipersonal e INVERSEGUROS S.V.B. S.A. Sociedad Unipersonal, en su calidad de Sociedad Gestora y Depositario, respectivamente, de SEGURFONDO TERCIARIO, F.I.I., comunican que, con fecha 15 de enero de 2009, las mencionadas entidades acordaron la disolución y consiguiente apertura del periodo de liquidación del mencionado fondo.

En cumplimiento del artículo 33 del Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre de Instituciones de Inversión Colectiva, una vez disuelto el fondo y publicada la disolución por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, se abrirá el periodo de liquidación, quedando suspendido el derecho de reembolso y de suscripción de participaciones. La Sociedad Gestora, con el concurso del Depositario, actuará de liquidador y procederá con la mayor diligencia y en el más breve plazo posible a enajenar los valores y activos del fondo y a satisfacer y percibir lo créditos, de conformidad con previsto en la normativa vigente aplicable.

Una vez realizadas estas operaciones se elaborarán los correspondientes estados financieros de liquidación y se determinará la cuota que corresponda a cada partícipe.

Dichos estados financieros de liquidación serán verificados en la forma prevista en la Ley y en el Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva. El Balance y la Cuenta de Resultados serán publicados en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación del lugar del domicilio de la Sociedad Gestora.

Transcurrido el plazo de 1 mes a partir de las fecha de su publicación sin que hubiera habido reclamaciones, se procederá al reparto del patrimonio entre los partícipes. Las cuotas no reclamadas en el plazo de 3 meses se consignarán en depósito en la Caja General de Depósitos, quedando a disposición de sus legítimos dueños.

Una vez efectuado el reparto total del patrimonio, la Sociedad Gestora y el Depositario solicitarán la cancelación de los asientos referentes al Fondo en los registros correspondientes.

Madrid, 16 de enero de 2009.- Gabriel Solís Álvarez, Director General.

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