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Documento BOE-B-2009-1667

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 2009, páginas 6120 a 6121 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2009-1667

TEXTO

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación del Acuerdo de Incoación de expedientes sancionadores a las sociedades Deria, S.A. y doce más.

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que no ha podido ser efectuada la notificación en sus últimos domicilios sociales conocidos, se notifica a las sociedades que en el anexo se relacionan que el Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en uso de las atribuciones conferidas por el apartado 1 del artículo 221 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, ha dictado, con fecha 26 de noviembre de 2008, acuerdo de Incoación de expedientes sancionadores por el posible incumplimiento de la obligación de depósito, en la debida forma y plazo, en el Registro Mercantil de sus domicilios sociales, de sus Cuentas Anuales y documentación complementaria correspondiente al ejercicio social del 2006, de acuerdo con lo establecido en la Sección Décima del Capítulo VII (artículos 218 a 222), del citado Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas

Este hecho puede ser constitutivo de la infracción administrativa tipificada en el precitado apartado 1 del artículo 221 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el cual prevé la imposición de una sanción de multa, graduable según los parámetros y previsiones específicas contempladas en los apartados 2 y 3 del mismo artículo.

A efectos del régimen de recusación vigente establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la competencia para la instrucción de dichos expedientes corresponde a funcionarios de este Instituto, cuyo nombre consta en el acuerdo de Incoación íntegro.

La competencia para la resolución de los expedientes, conforme a lo preceptuado en el artículo 221 del Texto Refundido de la ley de Sociedades Anónimas, corresponde al Presidente de este Instituto.

Dado que este acuerdo no se publica en su integridad, de conformidad con la previsión del artículo 61 de la referida Ley 30/1992, se indica a las sociedades inculpadas que el acuerdo de Incoación íntegro está a su disposición, junto al resto de los documentos de los expedientes, en la sede de este Instituto, C/ Huertas n.º 26, C.P. 28014, - Madrid,-así como que, tal y como dispone el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, dispone de un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a aquel en sea publicado este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, o desde el siguiente al último día de su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el que radique el domicilio social de cada una de las sociedades, si fuera posterior, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo en el supuesto de que no se presentaran alegaciones en dicho plazo, y dado que el presente acuerdo de incoación contiene un pronunciamiento preciso acerca de las responsabilidades imputadas, el contenido del mismo será considerado como propuesta de resolución, debiendo entenderse a tal efecto propuesta la imposición a cada una de las entidades inculpadas de la correspondiente sanción de multa por el importe que en el anexo se detalla.

Anexo

Relación de: N.º de expedientes, sociedades inculpadas y domicilios sociales.

2008018181; Deria, S.A..; P.º Manuel Girona, 76; 08034 Barcelona.

2008018190; Desenvolupaments del Llobregat, S.L.; Plaça Francesc Macia, 7-6 A; 08029 Barcelona.

2008018208; Enanfor Building, S.L.; Josep Irla I Bosch, 4-1-1; 08034 Barcelona.

2008018226; Fast Air, S.L.; Escuelas Pías, 14-1; 08017 Barcelona.

2008018244; Gestión Desarrollos Electrónicos, S.A.; Muntaner, 200; 08036 Barcelona.

2008018253; Global EB, S.A.; Girona, 176; 08037 Barcelona.

2008018262; Hippocampo, S.A.; Avda. Josep Tarradellas, 120-128; 08029 Barcelona.

2008018271; Hotitzo 2008, S.L.; Valencia 407 entresuelo; 08013 Barcelona.

2008018280; Hotel Montroig, S.A.; Rambla de Cataluña, 91-93, 6.1; 08008 Barcelona.

2008018316; Inversiones de las Indias Occidentales, S.L.; Cardenal Vives 1 Tuto, 43 B, 1-2; 08034 Barcelona.

2008018325; Marinas Deportivas, S.A.; Balmes, 62-4º -2ª; 08007 Barcelona.

2008018343; Nands Impex, S.L.; Avinguda Diagonal, 698, 5º-2ª; 08034 Barcelona.

2008018389; Pavades, S.A.; Avda. Pau Casals, 16; 08021 Barcelona.

Madrid, 13 de enero de 2009.- El Secretario General, Juan Pablo Gómez.

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