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Documento BOE-B-2009-1673

CAJAGRANADA FONDPLAZO GARANTIZADO III, F.I. (FONDO ABSORBENTE), CAJAGRANADA RENTA FIJA GARANTIZADO III, F.I. CAJAGRANADA FONDPLAZO GARANTIZADO, F.I. (FONDOS ABSORBIDOS)

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 2009, páginas 6127 a 6127 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2009-1673

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 12, párrafo 2.º, de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público:

Que con fecha 24 de septiembre de 2008, el Consejo de Administración de Ahorro Corporación Gestión, S.G.I.I.C., S.A., como sociedad gestora de los fondos Cajagranada Fondplazo Grantizado III, F.I.; Cajagranada Renta Fija Garantizado III, F.I. y Cajagranada Fondplazo Grantizado, F.I., aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de Cajagranada Fondplazo Garantizado III, F.I. (fondo absorbente); Cajagranada Renta Fija Grantizado III, F.I. y Cajagranada Fondplazo Garantizado, F.I. (fondos absorbidos).

Que, con fecha 10 de julio de 2008, el Consejo de Administración de la Caja General de Ahorros de Granada, como entidad depositaria de los fondos Cajagranada Fondplazo Grantizado III, F.I.; Cajagranada Renta Fija Garantizado III, F.I. y Cajagranada Fondplazo Grantizado, F.I.. aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de Cajagranada Fondplazo Garantizado III, F.I. (fondo absorbente); Cajagranada Renta Fija Grantizado III, F.I. y Cajagranada Fondplazo Garantizado, F.I. (fondos absorbidos).

Que con fecha 23 de enero de 2009, la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó el proyecto de fusión de los citados fondos presentado por dichas entidades, en el que se recoge la fusión por absorción de Cajagranada Fondplazo Garantizado III, F.I. (fondo absorbente); Cajagranada Renta Fija Grantizado III, F.I. y Cajagranada Fondplazo Garantizado, F.I. (fondos absorbidos), con disolución sin liquidación de la entidad absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la entidad absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a la absorbida.

Que como consecuencia de lo anterior, y a los efectos de lo establecido en la legislación vigente en materia de instituciones de inversión colectiva, se comunica a los partícipes dicha fusión con carácter previo a su entrada en vigor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12, párrafo 2.º, de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre.

Madrid, 23 de enero de 2009.- La Secretaria del Consejo, M.ª Isabel Vila Abellán-García.

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