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Documento BOE-B-2009-18158

Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en los recursos administrativos números 2008/01837 y 01838 interpuestos por D. Miguel Morales Novo contra las resoluciones de 28 de abril de 2008 de la Dirección General de Transportes por Carretera.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 29 de mayo de 2009, páginas 65265 a 65265 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-18158

TEXTO

Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a los efectos previstos en el citado Artículo por el presente anuncio se notifica a D. Miguel Morales Novo el acto siguiente:

"Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto desestimar los recursos de alzada formulados por D. Miguel Morales Novo, contra las resoluciones de la Dirección General de Transportes por Carretera, de fecha 28 de abril de 2008, que le sancionan con dos multas por un importe total de 12.002 euros por la comisión de sendas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 140.6 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre por la negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas (Expedientes IC/1652/2007 e IC71653/2007), resoluciones que se declaran subsistentes y definitivas en vía administrativa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación.

La referida multa deberá hacerse efectiva dentro del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, transcurrido el cual sin haber satisfecho la multa impuesta en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.5 de la L.O.T.T. y 215 de su Reglamento de aplicación, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.

El pago de la multa impuesta se realizará mediante ingreso o transferencia en la Cuenta Corriente de BBVA 0182-9002-42, nº 0200000470 - Paseo de la Castellana, 67 (Madrid), haciendo constar expresamente el número del expediente sancionador."

El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana 67 (Nuevos Ministerios) 28071.-Madrid.

Madrid, 25 de mayo de 2009.- Isisdoro Ruiz Girón-Subdirector General de Recursos.

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