No habiendo podido notificar a D. José Antonio Portoles Sanjuán, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que, por el Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, en ejecución de la Sentencia firme n.º 338, de 26 de marzo de 2009, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 9.ª) mediante la que se desestimó el recurso de dicha índole interpuesto por el mismo, contra la Resolución del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, que puso fin al expediente administrativo núm. 171/06, se ha dictado con fecha 29 de abril de 2009, acuerdo mediante el que, se requiere al interesado para que en un plazo máximo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la presente publicación, proceda a desalojar voluntariamente la vivienda militar que ocupa, ya que, en caso contrario se procederá al ejercicio de las actuaciones pertinentes, en orden a la ejecución forzosa de la citada sentencia.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, P.º de la Castellana núm. 233 de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación de Defensa correspondiente.
Madrid, 28 de mayo de 2009.- La Instructora. Crisitina Úbeda.
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