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Documento BOE-B-2009-18780

Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en los recursos de alzada números 2008/02009 y 02010 interpuestos por D. José Antonio Belenguer Prieto contra las resoluciones de 6 de junio de 2008 de la Dirección General de Transportes por Carretera.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2009, páginas 66795 a 66795 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-18780

TEXTO

Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a los efectos previstos en el citado Artículo por el presente anuncio se notifica a D. José Antonio Belenguer Prieto el acto siguiente:

"Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto desestimar los recursos de alzada formulados por D. José Antonio Belenguer Prieto, en nombre y representación de Balasto y Rodaduras, S.A., contra las resoluciones de la Dirección General de Transportes por Carretera, de fecha 6 de junio de 2008, que le sancionan con dos multas por un importe total de 3.052,00 euros por la comisión de sendas infracciones graves tipificadas en el artículo 141.4 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre por exceso de peso superior al 15% hasta el 25% en vehículos de hasta 10 tm (Expedientes, IC/244/2008 e IC/245/2008), resoluciones que se declaran subsistentes y definitivas en vía administrativa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación.

Las referidas multas deberán hacerse efectivas dentro del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, transcurrido el cual sin haber satisfecho las multas impuestas en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.5 de la L.O.T.T. y 215 de su Reglamento de aplicación, incrementadas con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.

El pago de las multas impuestas se realizará mediante ingreso o transferencia en la Cuenta Corriente de BBVA 0182-9002-42, nº 0200000470 - Paseo de la Castellana, 67 (Madrid), haciendo constar expresamente el número del expediente sancionador."

El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana 67 (Nuevos Ministerios) 28071.-Madrid.

Madrid, 28 de mayo de 2009.- Isisdoro Ruiz Girón, Subdirector General de Recursos.

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