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Documento BOE-B-2009-18783

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la línea eléctrica aérea a 400 kV, simple circuito, de entrada y salida en la subestación de Minglanilla desde el tramo Olmedilla-Catadau de la línea eléctrica Morata de Tajuña-Catadau, en el término municipal de Minglanilla (Cuenca), y se declara su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2009, páginas 66806 a 66807 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2009-18783

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca, a instancia de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la línea eléctrica aérea arriba citada.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima. ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose oposición ni alegación alguna durante el plazo reglamentario.

Resultando que la información pública de la solicitud fue expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Minglanilla durante el plazo reglamentario, no habiéndose presentado alegaciones según consta en la certificación emitida por dicho Ayuntamiento.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a los efectos previstos en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000 al Ayuntamiento de Minglanilla solicitándose, además, informe favorable o desfavorable sobre la adaptación de la instalación proyectada al planeamiento urbanístico que resulte de aplicación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, se emite informe favorable a lo proyectado por Red Eléctrica de España Sociedad Anónima manifestando la compatibilidad con el planeamiento urbanístico vigente.

Resultando que enviado un ejemplar del proyecto a la Delegación Provincial en Cuenca de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, solicitando informe favorable o desfavorable sobre la adaptación de la instalación al planeamiento urbanístico de acuerdo con la Ley 13/2003, de 23 de mayo, emite, informe en que no manifiesta reparo alguno a la instalación eléctrica proyectada.

Resultando que enviado un ejemplar del proyecto a la Confederación Hidrográfica del Júcar a los efectos previstos en el artículo 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se recibe informe en el que se establecen condicionados que son aceptados por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal y al ADIF, de acuerdo con lo previsto en el artículo 131 del citado Real Decreto solicitando el establecimiento de condicionados técnicos, si proceden, y reiterada la petición, no se produce contestación alguna, por lo que se ha de entender su conformidad con el proyecto.

Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca.

Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 16 de abril de 2009.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la línea eléctrica aérea a 400 kV, simple circuito, de entrada y salida en la subestación de Minglanilla desde el tramo Olmedilla-Catadau de la línea eléctrica Morata de Tajuña-Catadau, en el término municipal de Minglanilla (Cuenca), cuyas características principales son:

El entronque se producirá en dos nuevos apoyos a instalar entre los apoyos T-276 y T-283, discurriendo en simple circuito en dos ramales independientes hasta la subestación. Los apoyos comprendidos entre el apoyo T-277 y T-284, ambos inclusive, serán desmontados.

Número de circuitos: uno, tríplex.

Capacidad térmica de transporte: 2.182 MVA.

Tipo de conductor: GULL AW.

Cables de tierra: Dos, uno convencional tipo 7N7 AW, y otro compuesto tierra- óptico tipo OPGW - TIPO 1-17KA.

Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio U210 BS.

Apoyos: Torres metálicas en estructura de celosía.

Cimentaciones: Zapatas individuales de hormigón en masa.

Puestas a tierra: Todos los apoyos irán puestos a tierra mediante un sistema de anillos cerrados de acero descarburado.

Longitud total: 3.000 metros

La finalidad de la línea es posibilitar la alimentación al Tren de Alta Velocidad (TAV) Madrid-Levante desde la Red de Transporte de 400 kV, a través de una nueva subestación de tracción básica del ADIF, e incrementar el mallado en las interconexiones de líneas entre el centro peninsular y la zona de levante.

2 Declarar la Utilidad Pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 19 de mayo de 2009.- EL Director General, D. Jorge Sanz Oliva.

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