Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-19882

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre aprobación del expediente de información pública y definitiva del proyecto: "Seguridad Vial. Ampliación de la plataforma y reordenación de accesos. N-238, punto kilométrico 2+500 al 8+750. Tramo: Vinaroz-enlace A7. Provincia de Castellón". Clave: 33-CS-5600.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 10 de junio de 2009, páginas 69414 a 69416 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-19882

TEXTO

Con fecha 12 de mayo de 2009, el Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996 ha resuelto lo siguiente:

1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto "Seguridad Vial. Ampliación de la plataforma y reordenación de accesos. N-238, punto kilométrico 2+500 al 8+750. Tramo: Vinaroz-enlace A-7. Provincia de Castellón." con un presupuesto base de licitación (impuesto del valor añadido excluido) de 10.152.200,31 euros, con las siguientes prescripciones a cumplimentar y tener en cuenta antes de la ejecución de las obras, presentando al Director del contrato la documentación que resulte procedente en cada caso:

1.1. Todos los sistemas de contención que se ejecuten deberán corresponderse en todos sus elementos (vallas, postes, separadores, tuercas, tornillos, arandelas, etc.) y con las tolerancias admitidas en la normativa vigente, con alguno de los incluidos en el "Catálogo de sistemas de contención de vehículos". Asimismo, deberán cumplir las condiciones de instalación señaladas en las "Recomendaciones sobre sistemas de contención de vehículos" aprobados ambos por la Orden Circular 321/1995 T y P, en la Orden Circular 6/2001 "Para la modificación de la O.C. 321/1995 T y P en lo referente a barreras de seguridad metálicas para su empleo en carreteras de calzada única" y en las Órdenes Circulares 18/2004 y 18bis/2008 "Sobre criterios de empleo de sistemas para protección de motociclistas".

Los materiales y dimensiones de todos los elementos constituyentes de las barreras de seguridad deben presentar las características técnicas especificadas en las normas UNE 135-111 y UNE 135-112 (barreras de hormigón) y en las UNE 135-121, UNE 135-122 y UNE 135-123 (barreras metálicas).

Con carácter previo a la recepción de las obras, el adjudicatario presentará a la Dirección de Obra, para su aprobación, un informe relativo a los sistemas de contención instalados y al cumplimiento de las especificaciones indicadas en los párrafos anteriores.

1.2. En el caso de los sistemas a implantar de acuerdo con las Órdenes Circulares 18/2004 y 18bis/2008 el adjudicatario presentará al Ingeniero Director de las obras la documentación suficiente que permita verificar el cumplimiento de las Normas UNE-EN 1317 y UNE 135900.

1.3. Que, para todas las unidades de obra relativas a sistemas de contención, se considerará incluida en la descripción de dichas unidades la expresión "o equivalente con igual nivel de contención e igual o inferior nivel de severidad".

1.4. Que se considerarán trabajos incluidos en la limpieza general de la obra, a realizar previamente a su recepción, los de retirada de todos los elementos de las barreras de seguridad (vallas, postes, separadores, tornillos, arandelas, etc.) que hayan quedado sin uso en los márgenes de la carretera. El abono de dichos trabajos se considera incluido en la partida alzada de abono íntegro para limpieza y terminación de las obras cuando ésta resulte preceptiva.

1.5. Que, de conformidad con lo establecido en la Orden Circular 22/2007, deberá entenderse que todas las referencias hechas en los distintos documentos del proyecto sobre la localización de canteras, préstamos o vertederos, e incluso la naturaleza de los áridos a emplear en las distintas capas de firme figuran con carácter informativo, por lo que no tendrán carácter contractual. Los áridos a emplear deberán cumplir las especificaciones fijadas en el PG-3.

1.6. Que, a todos los efectos, las referencias que figuren en los distintos documentos del proyecto respecto a la denominación de las mezclas bituminosas y a sus ensayos de control, que no se ajusten a las especificadas en la Orden Circular 24/2008, se entenderán sustituidas por las equivalentes que figuren en dicha Orden Circular.

1.7. Que, a todos los efectos, el importe de la partida que se define como 1 Unidad de "prospección arqueológica..." se considerará como una partida alzada a justificar con el mismo importe de 5.000,00 euros con que figura en los cuadros de precios y el presupuesto, que no sufre ninguna variación.

1.8. Que se considerará incluido en el presupuesto de ejecución material del proyecto un capítulo Estudio de Gestión de Residuos con un importe total de 365,13 euros y con el detalle de mediciones y precios unitarios que constan en el estudio aportado en la Adenda al Proyecto de Construcción redactada en marzo de 2009.

1.9. Que cualquier indicación que figure en el proyecto referida a modelos, tipos o marcas comerciales, se entenderá acompañada de la expresión "o equivalente" tal como se requiere en el artículo 101.3.a de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

1.10. Que, a todos los efectos, se considerará que, teniendo en cuenta que el concepto económico relativo al Estudio de Seguridad y Salud es un Capítulo del Presupuesto, el importe de 157.000,00 € que figura como de la Partida alzada, a justificar, Estudio de Seguridad y Salud en los Cuadros de Precios y el Presupuesto, corresponde al presupuesto parcial de dicho capítulo, con el detalle de mediciones y precios que constan en el Estudio de Seguridad y Salud. Este cambio no supone variación en el presupuesto final del Proyecto

1.11. Que, para tener en cuenta la inclusión del capítulo Estudio de Gestión de Residuos, los presupuestos se modifican como sigue:

Presupuesto de ejecución material del proyecto.. .... 8.253.456,26 euros

Estudio de Gestión de Residuos.. .............................. 365,13 euros

Presupuesto de Ejecución Material.. .......................... 8.253.821,39 euros

17 por cien Gastos Generales ............................... 1.403.149,64 euros

6 por cien Beneficio Industrial.. ................................... 495.229,28 euros

Presupuesto base licitación (sin I.V.A.).. ................... 10.152.200,31 euros

16 por cien de IVA.................................................. 1.624.352,05 euros

Presupuesto base licitación........................................ 11.776.552,36 euros

1.12. Que, según lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, debe ser dedicada a financiar trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Artístico Español la cantidad de 82.538,21 euros equivalente al uno por ciento del presupuesto de ejecución material de las obras.

1.13. Que, para dar cumplimiento a la Orden Ministerial FOM/1452/2008 de 28 de abril, la retención del crédito del uno por ciento citada, se descompondrá en dos: una correspondiente al 0,1 por cien a favor del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas con destino al CEHOPU y el 0,9 por cien restante a lo establecido en el Real Decreto 111/1986.

2. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios y que incluya el proyecto referenciado en el programa de expropiaciones vigente, dado que es preciso realizar expropiaciones para la ejecución de las obras y en aplicación del artículo 8.1 y 2 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, "de carreteras", según la redacción dada al mismo por el artículo 77 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, "de Medidas fiscales, administrativas y del orden social".

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se comunica para su general conocimiento.

Valencia, 1 de junio de 2009.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, José-Vte. Pedrola Cubells.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid