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Documento BOE-B-2009-20130

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre aprobación del expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave EI-2-V-34 "Carretera N-332, puntos kilométricos 211,5 al 221. Variante de La Safor. Tramo: Oliva sur-Inicio de la Variante de Gandía". Provincia de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2009, páginas 70903 a 70904 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-20130

TEXTO

Con fecha 6 de abril de 2009, la Secretaria de Estado de Infraestructuras, en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, ha resuelto lo siguiente:

1. Declarar que el expediente de información pública reseñado cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994 de 2 de septiembre)

2. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave EI-2-V-34 "Carretera N-332. Variante de La Safor. Tramo: Oliva sur-Inicio de la Variante de Gandía". Provincia de Valencia, seleccionando como alternativa a desarrollar en el proyecto de construcción la denominada alternativa 2 consistente en una variante de doble calzada por el oeste de las poblaciones en Palmera, Bellreguard y Oliva de longitud 12.543 metros y un presupuesto base de licitación de 114,4 M€.

3. En el proyecto de construcción se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

3.1. Las establecidas en la declaración de impacto ambiental de fecha 28 de enero de 2009 publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 16 de febrero de 2009.

3.2. Se estudiarán la reposición de todos los caminos y vías pecuarias que aseguran la correcta permeabilidad de la carretera minimizando las afecciones a espacios agrícolas.

3.3. Se modificará el trazado del enlace nº 3, así como el tramo de carretera Oliva-Font d`en Carrós afectado por ese enlace: Se realizará una conexión con sendas glorietas sobre la mencionada carretera local, entre las cuales se desdoblará la calzada existente con el fin de dar mejor servicio a los movimientos relacionados con dicho enlace.

3.4. La conexión con la carretera de Piles CV-670 desde la N-332 se realizará asimismo con una glorieta a nivel sobre dicha carretera.

3.5. Se tendrán en cuenta todas las especificaciones necesarias para los pasos sobre la autopista AP-7 así como para las conexiones con las carreteras de titularidad de la Diputación de Valencia.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Valencia, 4 de junio de 2009.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, José-Vte. Pedrola Cubells.

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