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Documento BOE-B-2009-22625

PAMPLONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 2 de julio de 2009, páginas 79310 a 79311 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-22625

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000285/2008 referente al concursado Francisco Javier Aranguren Echarren, por auto de fecha 23 de junio de 2009 y en su Sección 5ª se ha acordado lo siguiente:

1º.- La apertura de la fase de liquidación del Concurso Voluntario de la persona física "D. Francisco Javier Aranguren Echarren"

2º.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos legalmente.

La apertura de la liquidación produce la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consisten en otras prestaciones, además de los previstos con carácter general en los art. 146 y 147 LC.

3º.- La Administración Concursal deberá presentar en el plazo de ocho días desde la notificación de la presente resolución, un Plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la LC.

4º.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la Ley Concursal y llévese testimonio de la presente resolución a la sección primera de este concurso.

Dentro de los cinco días siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los ocho días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de resolución judicial para el inicio de su cómputo, el administrador concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

5º.- Dése publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6º.- Expídase mandamiento al Registro Civil de Pamplona, para la anotación de la suspensión de la concursada en sus facultades de disposición y administración sobre su patrimonio.

7º.- Una vez sea firme la presente resolución, expídase mandamiento al Registro de la Propiedad de Pamplona número 8 - a fin de que en relación a la finca propiedad del concursado: vivienda unifamiliar inscrita al tomo 3437, Libro 124, folio 61 Inscripción 2º.

Localización en carretera de Astrain a Irurzun s/n de la localidad Izurdiaga, polígono 5, parcela 2, subarea 1, anote la suspensión de las facultades de disposición y administración del concursado sobre su patrimonio.

Hágase entrega de los despachos a la procuradora del concursado para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a este juzgado en el plazo de diez días.

Notifíquese la presente resolución al concursado, administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Pamplona/Iruña, 23 de junio de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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