No habiendo podido notificar a D. Ahmed Abdeselam Ahmed, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que, firme la Resolución de este Instituto que puso fin al procedimiento administrativo n.º 9/07, y autorizada la entrada en la vivienda militar que el mismo ocupa, por Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Ceuta, de fecha 18 de marzo de 2009, por el Director General Gerente del INVIFAS, se ha acordado proceder a la ejecución del mismo el próximo día 28 de julio de 2009, a las 10:00 horas de la mañana. Para dicho lanzamiento se ha solicitado el auxilio de la Autoridad Gubernativa, habiéndose designado representante de este Instituto a D. Serafín Cañada Martínez.
De acuerdo con lo anterior, se deberá desalojar de personas, muebles y enseres la vivienda antes de la indicada fecha, poniéndola a disposición de este Instituto, ya que el lanzamiento se llevará a cabo, ineludiblemente, en la fecha fijada, significándose, asimismo, que los enseres que pudieran encontrarse en la vivienda el día en que tenga lugar el lanzamiento, permanecerán en depósito dentro de la misma, durante un plazo máximo de quince días hábiles, transcurrido el cual, y si no son reclamados, serán depositados en un vertedero, sin perjuicio de que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 98.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el importe que a este Instituto le ocasionase dicho traslado, podrá ser exigido conforme al procedimiento previsto en las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva (artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).
Madrid, 29 de junio de 2009.- La Instructora, M.ª Cristina Úbeda Murillo.
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