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Documento BOE-B-2009-24000

SEVILLA.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 13 de julio de 2009, páginas 83678 a 83679 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2009-24000

TEXTO

Sentencia 313/09

Visto lo actuado en los autos de juicio seguidos ante este Juzgado bajo el número 398/2009, siendo partes, de una y como demandante D. Manuel Silva Barbero, asistido de la lda. dña. Pilar Corchero González, y de otra y como demandadas Maquinaria Fabricación y Desarrollos, S.L., Fabricación Maquinaria del Sur, S.L., y D. Humberto Jaime José, que no comparecen a pesar de estar citados en legal forma, versando el proceso sobre despido

Fallo

Que estimando como estimo la demanda formulada por D. Manuel Silva Barbero, asistido de la lda. dña. Pilar Corchero González, y de otra y como demandadas Maquinaria Fabricación y Desarrollos, S.L,, en reclamación de despido, debo declarar y declaro el mismo nulo, condenando a la empresa demandada a la estar y pasar por tal declaración, así como a que proceda a la readmisión del actor, con el abono de los salarios dejados de percibir.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma, cabe recurso de suplicación, que deberá interponer el recurso, ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al anunciar recurso haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en el Banesto, Oficina 4325 sita en c/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Av. Buhaira-Viapol) de esta Capital, abierta con el n.º 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el n.º de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario Juzgado.

Igualmente y al formalizar recurso, deberá efectuar el depósito de 150.25 € en la cuenta 4023000065, que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicacion.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Iltma. Sra. Magistrada-Juez que la pronuncia, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha, por ante mí el Secretario. Doy fe.-

Y para que sirva de notificación al demandado Maquinaria Fabricacion y Desarrollos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

SEVILLA, 30 de junio de 2009.- Secretario judicial.

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