Ante la acreditada imposibilidad de notificación a Sanigan, S.A., domiciliado en C/ Juan Bravo, 69, 28006 Madrid, que que fue enviada dos veces y siempre fue devuelto, con la anotación en el sobre de caducado, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.4 en relación con el 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
La Directora de la Agencia resuelve: revocar la autorización de laboratorio titular de autorización y comercializador de medicamentos a Sanigan, S.A. El texto completo de la resolución, puede consultarse en la Subdirección General de Inspección y Control de Medicamentos.
Madrid, 6 de julio de 2009.- Francisco Javier Muñoz Aizpuru, Secretario General de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
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