Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que no ha podido ser efectuada la notificación por segunda vez en su último domicilio social conocido, el Comisario de Aguas, mediante oficio de fecha 04/11/08, acordó la incoación del expediente sancionador número 1189/08 a Macasol, SL. Por detracción no autorizada de aguas públicas subterráneas, término municipal de El Provencio, (Cuenca) Denunciante: Servicio de Vigilancia del Dominio Público Hidráulico. Fecha de la denuncia: 14/08/08. De conformidad con lo previsto en el artículo 330 del Reglamento del Dominio Público hidráulico, se le concede un plazo máximo de diez días para que presente el oportuno escrito de descargo, indicando el número del expediente de que se trata con las alegaciones y pruebas que estime más convenientes a su defensa, advirtiéndole que transcurrido dicho plazo sin hacer uso de su derecho se formulará la propuesta de Resolución que proceda.
Ciudad Real, 14 de enero de 2009.- Comisario de Aguas.
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