El Juzgado de lo Mercantil número 1, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 5/09, referente al concursado Heartfun, Sociedad Limitada, con DNI B01333541, por auto de fecha 30 de junio de 2009, se ha acordado lo siguiente:
1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patriomonio.
3.-Se ha declarado disuelta la sociedad Heartfun, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del juzgado y en el Boletín Oficial de Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Vitoria, 30 de junio de 2009.- La Secretario Judicial.
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