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Documento BOE-B-2009-26066

Resolución de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras por la que se aprueba el Expediente de Información Pública y Audiencia y definitivamente el "Estudio Informativo del Proyecto de Remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de la Ciudad de Murcia".

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 27 de julio de 2009, páginas 89356 a 89358 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-26066

TEXTO

1. Objeto del Estudio Informativo.

El objeto del Estudio Informativo ha sido el análisis y definición de las actuaciones necesarias para conseguir los objetivos previstos: tanto ferroviarios, incluyendo la red ferroviaria de Murcia en la nueva red de altas prestaciones definida en el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte 2005-2020 (PEIT) sin pérdida de su actual carácter de centralidad; como urbanísticos, con la integración de la red ferroviaria prevista en el casco urbano.

Con esta actuación se da cumplimiento a lo previsto en el Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de la Región de Murcia, el Ayuntamiento de Murcia y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para la remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Murcia firmado con fecha 22 de junio de 2006. En el estudio informativo se ha presentado una única solución que se ajusta a lo previsto en ese documento.

2. Antecedentes.

Con fecha 15 de noviembre de 2007 la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento aprobó provisionalmente el "Estudio informativo del proyecto de remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Murcia", siendo sometido a información pública y audiencia a Administraciones entre los meses de noviembre de 2007 y enero de 2008, publicándose para ello el correspondiente anuncio en el BOE de 28 de noviembre de 2007 y BORM de 26 de noviembre de 2007, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente en ese momento: Ley del Sector Ferroviario y su Reglamento de desarrollo y Real Decreto Legislativo 1302/86 modificado por la Ley 6/2001 y la Ley 9/2006 sobre Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Dentro del plazo legalmente establecido se han recibido 7 alegaciones correspondientes al trámite de audiencia a Administraciones (2 de ellas municipales, 4 de la Administración autonómica y 1 correspondiente a otras instituciones) y 1.044 escritos correspondientes a la información pública.

En las alegaciones presentadas durante el proceso se indicaban una serie de aspectos que se recogieron en las conclusiones del Informe de Alegaciones, que fue remitido, junto con el expediente de información pública y el propio Estudio Informativo, con fecha 15 de octubre de 2008, al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, solicitando la declaración de impacto ambiental.

El Abogado del Estado, mediante escrito de fecha 3 de noviembre de 2008, ha informado que no encuentra objeciones a la tramitación realizada del expediente de información pública y oficial.

La declaración de impacto ambiental favorable sobre del "Estudio informativo del proyecto de remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Murcia", ha sido formulada por la Secretaría de Estado de Cambio Climático mediante Resolución de 4 de junio de 2009.

La Subdirección General de Planes y Proyectos ha elevado con fecha 22 de junio de 2009 la propuesta de aprobación del expediente de información pública y audiencia y la Aprobación Definitiva del "Estudio informativo del proyecto de remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Murcia".

3. Contenido del Estudio Informativo.

La actuación que ahora se aprueba, con la definición adoptada tras el proceso de información pública y remisión del expediente al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, inicia su ámbito a la salida de la estación de Murcia-Cargas y se desarrolla a lo largo del actual pasillo ferroviario hasta la zona de conexión con la nueva variante ferroviaria de acceso a Murcia ("Variante del Reguerón"), contando con un desarrollo total de 7,8 Km.

Actuaciones ferroviarias:

- Adecuación del pasillo ferroviario existente al equipamiento y parámetros necesarios para la implantación de servicios ferroviarios de alta velocidad, de forma compatible con los restantes tipos de tráfico, mediante una triple vía en todo su recorrido.

- Adecuación de la estación de Murcia del Carmen a la prestación de servicios previstos considerando las previsiones de tráfico con las que se está definiendo la red, manteniendo y mejorando la accesibilidad y centralidad de la actual estación y garantizando su intermodalidad.

La consideración de un corredor ferroviario completo de tres vías aconseja la implantación de una vía adicional en la definición inicial de la estación que contemplaba siete vías, cinco de ellas con andén de 400 m de longitud útil.

Actuaciones de integración urbanística:

- Soterramiento del pasillo ferroviario central de la ciudad de Murcia, a lo largo de 4.272 m entre la futura ronda de Barriomar y la zona de inicio de la variante del Reguerón.

- Soterramiento de los 500 m centrales del pasillo ferroviario en el núcleo de Nonduermas.

- Depresión del pasillo Nonduermas–Barriomar, a lo largo de 1.290 m, facilitando futuras actuaciones de permeabilidad.

- Depresión de la nueva estación intermodal Murcia del Carmen y cubrición parcial de la misma, facilitando el desarrollo de un nuevo viario transversal y la puesta en valor de la actual superficie ferroviaria.

- Supresión de los siete pasos a nivel del ámbito de la actuación, por medio del soterramiento o con pasos a desnivel específicos.

4. Resolución.

A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero: Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el "Estudio informativo del proyecto de remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Murcia". Se aprueba para su desarrollo el proyecto según la definición remitida al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para la declaración de impacto ambiental.

Segundo: De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre), establecer que la redacción y aprobación de los proyectos constructivos corresponderá al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), dentro de lo previsto en el Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno de la Región de Murcia, el Ayuntamiento de Murcia y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para la remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Murcia firmado con fecha 22 de junio de 2006.

Tercero: En los sucesivos proyectos constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

1. Las establecidas en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental de fecha 4 de junio de 2009.

2. En las fases posteriores se considerará la modificación de reposición de viales y servidumbres afectados. Durante la redacción de los proyectos constructivos se mantendrán contactos con las Administraciones, asociaciones y otros interesados para concretar con exactitud los caminos y pasos que haya que reparar o construir, así como prever la reposición de redes de riego, acequias y demás servicios afectados.

3. Con objeto de compatibilizar los distintos tráficos previstos en el ámbito del soterramiento y de la estación se incorporarán las medidas destinadas a la separación física de los diferentes tipos de trenes y se procederá al estudio del trazado en las rampas de acceso al soterramiento con objeto de disminuir su valor.

Cuarto: La presente Resolución, se adopta por delegación del Ministro de Fomento, conforme a lo previsto en la Orden FOM/2893/2005, de 14 de septiembre (BOE n.º 224, de 19 de septiembre de 2005), por la que se delegan competencias en materia ferroviaria, y pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 24 de junio de 2009.- Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, Víctor Morlán Gracia.

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