Intentada la notificación al interesado en la forma establecida en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla, en cumplimiento del apartado 5 del mencionado artículo, por el presente artículo se notifica a don Aurelio Gallego de la Torre, con último domicilio conocido en c/ Arzobispo Maussona, n.º 2, 2.º, 06800-Mérida (Badajoz), el acto siguiente:
Habiendo sido afectado por la expropiación realizada en fecha 8.10.1985 para la construcción del Canal de las Dehesas-Ramal de Madrigalejo, finca n.º 91 del expediente expropiatorio, siendo el titular expropiado don Aurelio Gallego de la Torre, y la superficie expropiada 15,861 Ha de la finca situada en el paraje conocido como "La Mata" del término municipal de Madrigalejo (Cáceres). Resultando que, conforme al informe emitido por la Dirección Técnica de este Organismo de cuenca, no se ha ejecutado la obra para la cual se expropiaron dichos terrenos, en virtud del art. 54.3 de la Ley de Expropiación Forzosa, se le comunica que en el plazo de tres meses desde la publicación de esta notificación, podrá solicitar el derecho de reversión de la finca expropiada, transcurrido el cual se le tendrá por desistido de su derecho.
Asimismo se le indica que, de conformidad con lo dispuesto en art. 55 de la Ley de Expropiación Forzosa, es presupuesto para el ejercicio del derecho de reversión la restitución de la indemnización expropiatoria recibida por el expropiado, actualizada conforme al índice de precios al consumo.
El texto completo podrá ser solicitado por el interesado al Servicio de Patrimonio y Contratación adscrito a la Secretaría General de este Organismo, Avda. Sinforiano Madroñero, n.º 12, 06011-Badajoz.
Badajoz, 22 de julio de 2009.- El Secretario General, don Manuel Piedehierro Sánchez.
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