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Documento BOE-B-2009-26708

JEREZ DE LA FRONTERA.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 31 de julio de 2009, páginas 91664 a 91665 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-26708

TEXTO

Edicto

Don Agustín Martín Arenas, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Jerez de la Frontera,

Hago saber: Que en esta Secretaría de mi cargo, a instancia de Cooperativa Vitivinícola Albarizas de Trebujena, S.C.A., se sigue expediente de jurisdicción voluntaria bajo el número 1637/08-lo, por robo de cinco pagarés, cuyas menciones identificativas son las siguientes:

Providencia del/de la Magistrada-Juez doña María de los Reyes Vila Pariente.

En Jerez de la Frontera, a veintiséis de noviembre de dos mil ocho.

Dada cuenta; turnado que ha sido a este Juzgado el anterior escrito sobre robo de cinco pagarés, que a continuación se describen:

1) Pagaré nominativo número 6 431 457 6 8200-3, entidad Banesto, con vencimiento el día 10 de enero del 2010, por al cantidad de 11.653,2 euros.

2) Pagaré nominativo número 6 431 458 0 8200-3, entidad Banesto, con vencimiento el día 10 de febrero del 2010, por la cantidad de 11.653,2 euros.

3) Pagaré nominativo número 6 431 459 1 8200-3, entidad Banesto, con vencimiento el día 10 de marzo del 2010, por la cantidad de 11.653,2 euros.

4) Pagaré nominativo, número 6 431 460 2 8200-3, entidad Banesto, con vencimiento el día 10 de abril del 2010, por la cantidad de 11.653,2 euros.

5) Pagaré nominativo, numero 6 431 461 3 8200-3, entidad Banesto, con vencimiento el día 10 de mayo del 2010 por la cantidad de 11.653,2 euros.

y presentado por don José López Sánchez, en nombre y representación de Cooperativa Vitivinícola Albarizas de Trebujena, S.C.A., en calidad de Presidente, a cuyo escrito se acompaña documentos relativos a la denuncia por robo presentada el pasado día 18 de junio del 2008 ante la Guardia Civil de Trebujena y copia de los cinco pagarés robados, se admite a trámite.

Regístrese con los de su clase; y en su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 85 de la Ley Cambiaria y del Cheque, cítese personalmente al firmante de los pagares Zoilo Ruiz Mateos, S.L., con traslado del escrito y documentos presentados, para que en el improrrogable plazo de diez días pueda comparecer en el expediente para hacer alegaciones y oponerse si a su derecho conviniera, requiriendo en el mismo acto a la entidad para que, si le fueren presentadas al cobro las cambiales objeto del presente expediente, lo ponga en conocimiento del Juzgado reteniendo su importe a disposición y resultas del expediente.

Líbrese oficio, en iguales términos, a al entidad bancaria domiciliaria del pago de las letras de cambio, Banesto, oficina con sede en C/ Larga, núm. 44, de esta ciudad, acompañado de igual modo, copia del escrito y documentos presentados.

Libres Edicto, de conformidad con lo dispuesto en el art. 85 de la Ley Cambiaria y del Cheque, comprensivo de la incoación del expediente y pagares objeto del mismo, para su inserción en el Boletín Oficial del Estado y el Tablón de Anuncios de este Juzgado, para que, cuantas personas estuvieran interesadas en el expediente puedan comparecer en él, para hacer alegaciones y oponerse en el plazo de un mes a partir de su publicación, previniéndoles que si no lo verifican en el plazo indicado les parara el perjuicio que en derecho fuere procedente.

Hágase entrega del despacho expedido a la parte actora, a fin de que lleva a efecto la publicación del mismo en el BOE.

Lo acuerda y firma S.Sª.; doy fe.

El/La Magistrada-Juez. El/La Secretario/a Judicial.

Diligencia.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Por medio del presente, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, se cita a cuantas personas tengan interés en el expediente para que en el improrrogable plazo de un mes, pueda comparecer a hacer alegaciones y oponerse si les conviniere, previniéndoles que, caso de no verificarlo en dicho plazo le pararan los perjuicios que procedieran en derecho.

Y para que conste y se le de la publicación acordada, expido el presente en Jerez de la Frontera a veintiséis de noviembre de dos mil ocho.

El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación en forma a quien abajo se indica, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera a veintiséis de noviembre de dos mil ocho.

Trebujena, 16 de julio de 2009.- Presidente.

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