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Documento BOE-B-2009-26718

GIRONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 31 de julio de 2009, páginas 91676 a 91676 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-26718

TEXTO

Edicto

Don Joan Granero Peñalver, Juez sustituto del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado número 665/2009, se ha acordado mediante Auto de fecha 2 de julio de 2009, la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Estamfibra, S.L, con domicilio en calle Germans Valls i Forné, sin número, de Hostalrich, CIF número B-55011704, siendo designado como Administrador Concursal único a don Pere Buixeda Simón.

La entidad mercantil deudora conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con la intervención de la Administración Concursal mediante su autorización o conformidad, artículo 40 de la Ley Concursal.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento da la administración concursal la existencia de créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El auto de declaración del concurso así como el resto de las resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertaran en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 2 de julio de 2009.- El Magistrado-Juez.

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