Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-27958

OVIEDO.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 10 de agosto de 2009, páginas 96320 a 96321 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-27958

TEXTO

Edicto.

En el procedimiento de referencia con fecha 20 de julio de 2009 se ha dictado sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por doña María García Álvarez y José Ramón Alonso Pantiga, aceptado en la Junta de acreedores celebrada el 15 de junio de 2009, el fallo de la sentancia referida es del tenor literal siguiente:

Fallo

1º- Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por los concursados José Ramón Alonso Pantiga y María García Álvarez, que fué aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 15 de junio de 2009.

2º- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición de los deudores, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que son partes los concursados y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

3º- Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de las personas físicas concursadas.

4º- Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

5º- Requiérase a las personas físicas concursadas, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución a los concursados, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la representación procesal de los concursados para que proceda a su inserción con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este Juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de los concursados oficio para el Registro Civil de Oviedo para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los administradores concursales.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que podrá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Oviedo.

Oviedo, 30 de julio de 2009.- El/La Secretario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid