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Documento BOE-B-2009-2901

A CORUÑA.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2009, páginas 10560 a 10560 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-2901

TEXTO

D. José Javier García Valentín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero. – Que en el procedimiento número 788/2008, por auto de fecha 22 de enero de 2009, se ha declarado en concurso a los deudores Genaro Miguel Fernández Castro y María Dolores de Avilés Martínez, con domicilio en lugar de Catasol número 41 en Lians-Oleiros (A Coruña) y cuyo centro de principales intereses lo tienen en dicho domicilio.

Segundo. – Que los deudores conservan las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.

Tercero. – Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal (por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o quien acredite representación suficiente de ellos y se presentará en el Juzgado de lo Mercantil de A Coruña, dirigido a la Administración Concursal. El escrito expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además los bienes o derechos a que afecte, y, en su caso, los datos registrales. Se acompañarán los originales o copias autentificadas del título o de los documentos relativos al crédito con la salvedad que establece el artículo 85).

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los diarios provinciales de máxima difusión.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

A Coruña, 22 de enero de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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