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Documento BOE-B-2009-2913

PALENCIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2009, páginas 10572 a 10572 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-2913

TEXTO

Edicto

Don Rafael Guerrero García, Secretario del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Palencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia

1º.- Que en el procedimiento número 201/2005, por auto de 12 de diciembre de 2008 se ha declarado la conclusión del concurso del deudor Inmapal, S.A., con domicilio en calle Extremadura P-18 nº -- Palencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

Debo declarar y declaro la conclusión provisional del concurso de Inmapal, S.A., seguido en este Juzgado con el nº 201/2005 a instancia de Inmapal, S.A., representado por el Procurador Sr. Andrés García y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con lo que satisfacer a los acreedores, sin perjuicio del derecho de los acreedores a solicitar, cuando concurran los presupuestos legales, la reapertura del concurso con la finalidad de repartir conforme a las normas de liquidación, el patrimonio del deudor que hubiera podido aparecer.

Se declaran aprobadas las cuentas formuladas por el Administrador Concursal D. Guillermo Mateo Oyagüe, que cesará en el cargo con la firmeza de esta resolución.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, quedando a salvo las limitaciones que se contengan en la sentencia de calificación.

Asimismo, se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto.

Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en los mismos medios de publicidad (Boletín Oficial del Estado y el periódico El Norte de Castilla) mediante los que se anunció la declaración de concurso.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Siguen la firmas: María Evelia Marcos Arroyo Magistrado/Juez. Rafael Guerrero García.

Palencia, 12 de diciembre de 2008.- El/La Secretaria Judicial.

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