Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-29723

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador nº PS/00396/2009 por imposibilidad de notificación en su domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 1 de septiembre de 2009, páginas 102799 a 102799 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2009-29723

TEXTO

Habiéndose intentando la notificación de la resolución, por dos veces, sin que se haya podido practicar, en el domicilio de don Antonio Peiro Cobo según prevé el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (LJPAC), procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5, en el modo que prevé el artículo 61 de la citada Ley.

En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de notificación, extracto del Acuerdo de inicio del procedimiento sancionador número PS/00396/2009- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, acuerda:

Iniciar procedimiento sancionador a Vodafone España, S.A. con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por la presunta infracción del artículo 4.3 de la LOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3 d) de la citada Ley Orgánica, tipificada como grave en el artículo 44.3.d) de dicha norma, pudiendo ser sancionada con multa de 60.101,21 € a 300.506,05 €, de acuerdo con el artículo 45 de la citada Ley Orgánica.- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos es competente para resolver este procedimiento según lo establecido en los artículos 37.g y 36 de la Ley Orgánica 15/1999.- Se notifica el presente Acuerdo a don Antonio Peiro Cobo y de conformidad con lo estipulado en el artículo 13.2 del mencionado Real Decreto 1398/1993, se le advierte de la posibilidad de actuar como interesado en el caso de cumplir los requisitos previstos en el artículo 31.1.c) de la LRJPAC. Firmado en Madrid, en fecha 13 de julio de 2009, por don Artemi Rallo Lombarte, Director de la Agencia Española de Protección de Datos. Para su conocimiento, una copia del Acuerdo de apertura completo, podrá ser solicitada en la Agencia Española de Protección de Datos, sita en c/ Jorge Juan, 6, 4.ª planta, 28001 Madrid.

Madrid, 26 de agosto de 2009.- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid