Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que no ha podido ser efectuada la notificación por segunda vez en su último domicilio social conocido, esta Presidencia acuerda: 1.º Declarar la caducidad del expediente sancionador número 1929/05 con el archivo de las actuaciones habidas. 2.º Conservar los actos y trámites válidamente realizados para su incorporación al nuevo procedimiento administrativo que, en su caso se inicie. De conformidad con lo establecido en el artículo 22 Apartado 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto 1/2001, de 20 julio), esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con jurisdicción sobre el lugar de su domicilio o ante el de Extremadura, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. número 167, de 14/07/98). Asimismo, contra esta resolución podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación ante el Sr. Presidente de este Organismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/99 (B.O.E. número 12, de 14/01/99).
Ciudad Real, 21 de agosto de 2009.- El Comisario de Aguas.
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