A los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real Decreto 1028/2007, por el que se establece el procedimiento administrativo para la tramitación de las solicitudes de autorización de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial y en el Real Decreto 1471/1989 que desarrolla la Ley de Costas, se somete al trámite de información pública la solicitud señalada, que se detalla a continuación:
Peticionario: Ente Vasco de la Energía (EVE), con domicilio en Alameda de Urquijo 36, Edificio Plaza de Bizkaia 10.ª planta, 48011 Bilbao.
Objeto de petición: Autorización administrativa, Declaración en concreto de la Utilidad Pública, y Ocupación del dominio público marítimo-terrestre del Proyecto "Infraestructura de Investigación en Energías Marinas denominada Biscay Marine Energy Platform" (bimep).
Emplazamiento: En el Mar Cantábrico, frente al Puerto de Armintza y en el Término municipal de Lemoiz (Bizkaia).
Finalidad: Investigación, demostración, y explotación de sistemas de captación de la energía de las olas en mar abierto para la generación de energía eléctrica.
Características generales: La instalación consiste en la reserva de una superficie marina de forma rectangular, de 4x2 kilómetros, situada frente a las costas de Armintza (Lemoiz) a una distancia mínima de 750 metros.
La infraestructura irá dotada de los elementos necesarios para el desarrollo de su función: boyas de balizamiento, 4 puntos de amarre, conexiones eléctricas, cables submarinos para la evacuación de la energía, etcétera, con una capacidad total de generación eléctrica de 20 megavatios.
En tierra, dispondrá de un sistema de control y monitorización; y se tenderá una línea eléctrica subterránea, que terminará en una subestación transformadora, para transportar la energía producida a la red eléctrica próxima.
Presupuesto: 7.420.168,07.-euros.
Expropiación y servidumbre:
Expropiación en pleno dominio por la necesidad de ocupación permanente de las superficies descritas en la relación anexa, donde se ubica la Subestación Transformadora.
Sobre las fincas por las que discurre la línea eléctrica subterránea se impone una servidumbre de paso consistente en la ocupación del subsuelo por los cables conductores a través de los medios de canalización y a la profundidad que se reflejan en el proyecto, así como los registros de superficie necesarios para el control y mantenimiento necesarios para tal fin, con el siguiente alcance:
Primero.- Servidumbre permanente de paso de la línea sobre una franja de terreno, que se concreta en la superficie y se refleja para cada finca en los planos parcelarios contenidos en el proyecto y la relación anexa, de 4 metros de anchura (2 metros a cada lado del eje de la canalización) por donde discurrirán los conductores y demás accesorios necesarios para la instalación.
Como consecuencia de la constitución de la referida servidumbre, la superficie de la citada franja quedará sujeta a las siguientes limitaciones de dominio:
A) Prohibición de realizar trabajos de arada, movimientos de tierra o similares a una profundidad de 0,80 metros.
B) Prohibición de plantar árboles o arbustos de raiz profunda.
C) Prohibición de realizar cualquier tipo de construcción o de obra, aún cuando tenga carácter provisional o temporal, sin autorización expresa y con las condiciones que, en cada caso, fije el Organismo competente en materia de instalaciones eléctricas, ni efectuar acto alguno que pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento de la línea eléctrica y sus elementos anejos.
Segundo.- Libre acceso al predio sirviente del personal y elementos necesarios para la ejecución, vigilancia, reparación o renovación de la instalación eléctrica, con indemnización al titular de los daños que con tales motivos se ocasionen.
Tercero.- Asimismo, dicha servidumbre comprenderá igualmente la ocupación temporal necesaria de terrenos u otros bienes y derechos necesarios para la construcción de las correspondientes instalaciones.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados, cuya relación se inserta al final de este anuncio y también para las personas que, siendo titulares de derechos reales o de intereses económicos sobre los bienes afectados, hayan sido omitidas, para que puedan examinar el proyecto en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Vizcaya, sita en la Plaza Federico Moyua, 5 - 48071 Bilbao o en La Demarcación de Costas, sita en Calle Gran Vía, 50 – séptima planta, así como en el Ayuntamiento de Lemoiz, y presentar, por triplicado ejemplar, las alegaciones que estimen oportunas, en el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio.
Relación de Bienes y Derechos Afectados por el Proyecto denominado "Infraestructura Biscay Marine Energy Platform (bimep)"
(Línea eléctrica subterránea y Subestación Transformadora)
Término Municipal de Lemoiz (Bizkaia)
IDENTIFICACIÓN DE PARCELA |
AFECCIONES |
||||||
REFERENCIA TRAMO |
TITULAR Y DIRECCIÓN |
POLÍGONO |
PARCELA |
USO |
SERVIDUMBRE DE PASO (metros lineales) |
OCUPACION TEMPORAL (metros cuadrados) |
OCUPACION PERMANENTE (metros cuadrados) |
BI-LEM-01 |
GABRIEL UNDA IBARRA Calle Armintxekalde, 17 48620 Lemoiz (Bizkaia) |
3 |
27 |
Pastizal |
40 |
200 |
- |
BI-LEM-02 |
CONSORCIO DE AGUAS DE BILBAO – BIZKAIA Calle San Vicente, 8 48001 Bilbao (Bizkaia) |
3 |
LEM-01 + LEM-02 + LEM-03 |
Estación.Depuradora de. Aguas. Resuduales |
130 |
650 |
- |
BI-LEM-03 |
HDROS. ANASTASIO URTIAGA UGALDE Calle Portubidea, 2 48620 Lemoiz (Bizkaia) HDROS. ANASTASIO URTIAGA UGALDE Calle Portubidea, 2 48620 Lemoiz (Bizkaia) |
3 3 |
30 32 |
Pastizal Pastizal |
2,5 2,5 |
6,25 6,25 |
- - |
BI-LEM-04 |
HDROS. ANASTASIO URTIAGA UGALDE Calle Portubidea, 2 48620 Lemoiz (Bizkaia) JUANA GAUBECA LARAUDOGOITIA Calle Portugane, 8 48620 Lemoiz (Bizkaia) |
3 3 |
30 33 |
Pastizal Pastizal |
70 70 |
175 175 |
- - |
BI-LEM-05 |
AYUNTAMIENTO DE LEMOIZ Barrio Urizar, 56 48620 Lemoiz (Bizkaia) |
3 |
90011 |
Viales |
60 |
300 |
- |
BI-LEM-06 |
MARÍA ÁNGELES IRAZOLA ECHEVARRÍA Barrio Erribera, 39 48112 Maruri-Jatabe (Bizkaia) |
3 |
91 |
Forestal |
355 |
1775 |
- |
BI-LEM-07 |
MARÍA CARMEN GURTUBAY UGARTE Barrio Armintza, 32 (Caserío Goikoetxea) 48620 Lemoiz (Bizkaia) |
3 |
124 |
Forestal |
195 |
975 |
- |
BI-LEM-08 |
JOSÉ YBARRA ECHEVARRÍA Calle Henao nº 33 48009 Bilbao (Bizkaia) |
3 |
123 |
Pasto Arbustivo y Forestal |
3 |
15 |
- |
BI-LEM-09 |
SANTA URRESTI CIARRETA Y SANTIAGO UGARTE URRESTI Barrio Elizalde 22(Baserribarri) 48111 Laukiz (Bizkaia) |
3 |
117 |
Forestal |
42 |
210 |
- |
BI-LEM-10 |
SANTA URRESTI CIARRETA Y SANTIAGO UGARTE URRESTI Barrio Elizalde, 22 (Baserribarri) 48111 Laukiz (Bizkaia) |
3 |
115 |
Pasto Arbustivo |
- |
- |
6.005 |
BI-LEM-11 |
JUAN IBARMIA ENCERA c/ Las Mercedes, 19 48930 Areeta – Getxo(Bizkaia) |
3 |
126 |
Pasto Arbustivo y Forestal |
- |
- |
4.250 |
Bilbao, 26 de agosto de 2009.- El Jefe de la Dependencia de Industria y Energía, José Manuel Esteban Ruiz.
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