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Documento BOE-B-2009-31221

Anuncio de la Sección Económico Administrativa número 4 (Dirección de Asuntos Económicos) del Ministerio de Defensa, Ejército del Aire, por el que se notifica a don Jhon Willian Bedoya Velázquez, la iniciación del expediente número 2009/006/04 de pagos indebidos, instruido por la citada Sección y se da trámite de audiencia al interesado.

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 16 de septiembre de 2009, páginas 109601 a 109601 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2009-31221

TEXTO

En cumplimiento de la obligación legal contenida en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se notifica a don Jhon Willian Bedoya Velázquez, con DNI número X7994919-G, con último domicilio conocido en la Avenida de la Inmaculada, nº 15 (05005-Ávila), la iniciación del procedimiento por pagos indebidos, expediente número 2009/006/04, por los motivos siguientes:

Concepto de pago indebido: Situación de Ausente/No Justifica Revista.

Importe líquido: 225,01 €. Intereses: 4,98 €. Importe total a reintegrar: 229,99

Fecha en la que se realizó el pago: mes de enero de 2009.

De acuerdo con el artículo 84.1 de la citada Ley 30/1992, dispone de 15 días hábiles, desde el siguiente a la publicación de esta notificación, para examinar el expediente en la Pagaduría de la SEA 04, Dirección de Asuntos Económicos del Aire, calle Romero Robledo, 8, 28008 Madrid. Asimismo, en el plazo indicado y de acuerdo con lo establecido en el artículo 84.2 de dicha Ley,podrá alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

En el caso de estar de acuerdo con la citada reclamación y quiera compensarla, ha de efectuar la transferencia con los siguientes datos:

Titular: Pagaduría Central de Haberes. EA. MDE.

Cuenta: 0182 6941 65 0010000061.

Descrp. Transf.: Expediente P. Indebido número 2007/016/04.

A tenor de lo dispuesto en la Ley 47/2003 General Presupuestaria, en sus artículos 17 y 77, las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública estatal devengaránn interés de demora desde el momento en que se produzca el cobro.

Madrid, 9 de septiembre de 2009.- El Instructor de expedientes de pagos indebidos de la SEA 04, Dirección de Asuntos Económicos del Aire.

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