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Documento BOE-B-2009-31970

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 23 de septiembre de 2009, páginas 113246 a 113246 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-31970

TEXTO

Edicto.

Don Juan Ángel Ginés Tarazaga, Secretario en sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, anuncia:

Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario número 477/07, a instancia de la entidad "Canal Impulso, S.L.", representada por la Procuradora doña Miriam Rabade Goyanes, bajo la dirección de la Letrada doña María Jesús Díaz González, en el recayó auto de fecha 4 de diciembre de 2007, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

Se declara finalizada la fase común del procedimiento concursal de la entidad "Canal Impulso, S.L.", con CIF número B-81534745 y domicilio en Madrid, centro empresarial "Oficenter", calle Francisco Giralte, número 2.

Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la formación de la Sección Quinta del concurso.

Se declara la disolución de la Sociedad, cesando en sus funciones el liquidador, que será sustituido por la Administración concursal, integrada por los Auditores de cuentas don Fernando Lesmes Sánchez, con D.N.I. 01167532-Y, mayor de edad y con domicilio profesional en la calle Ferraz, número 4, de Madrid (28008), que aceptó el cargo el 11 de diciembre de 2007, don Gregorio de la Morena Sanz, con D.N.I. 01089098-W, mayor de edad, y con domicilio profesional en la calle Villanueva, número 33, de Madrid (28001), que aceptó el cargo el 11 de diciembre de 2007, y don Ignacio Alvarez Rello, con D.N.I. 02876363-Y, y con domicilio a efectos de notificaciones en calle Claudio Coello, número 126, escalera A, jardín izquierda, de Madrid (28006), en nombre de la mercantil "Banco Popular Español, S.A.", que aceptó el cargo el 12 de diciembre de 2007.

Se acuerda la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, concediéndose el término de diez días, a contar desde la última publicación que se efectúe de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Y para su inserción en el "Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley Concursal, expido el presente

Madrid, 4 de septiembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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