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Documento BOE-B-2009-33377

JACA

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 5 de octubre de 2009, páginas 119261 a 119261 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-33377

TEXTO

EDICTO

Doña María Espiau Benedicto, Juez titular del Juzgado de primera instancia número Uno de Jaca y su partido

Hago saber: Que en el Juicio Verbal sobre guarda y custodia de una menor seguido en este Juzgado con el 235/2004 a instancia de D.ª Celaine Guaitoline representada por la Procuradora Sra. Labarta, frente a Juan Carlos Mendoza García y con intervención del Ministerio Fiscal, se ha dictado el 20 de abril de 2009 Sentencia n.º 192/2009 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"SENTENCIA N.º 192/2009

En Jaca, a veinte de abril de dos mil nueve

D.ª Maria Espiau Benedicto, Juez del Juzgado de primera instancia e instrucción nº 1 de los de Jaca y su partido judicial, habiendo visto las presentes actuaciones, seguidas ante el Juzgado entre partes, de una como demandante Celaine Guaitoline, con procurador Cruz Labarta Fanlo y con letrado Jaime Martí Díaz, y de otra como demandado Juan Carlos Mendoza García, en situación de rebeldía procesal y con intervención del Ministerio Fiscal, en interés de la menor, y en nombre de S.M. el Rey dicto la siguiente;

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de D.ª Celaine Guaitoline contra D. Juan Carlos Mendoza García, debo declarar y declaro:

Que la guarda y custodia de la menor Ana Carolina Mendoza Guaitoline se atribuye a su madre D.ª Celaine Guaitoline a cuyo cuidado queda confiada.

No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación en el término de cinco días desde la notificación de la misma, que se resolverá por la Audiencia Provincial de Huesca.

Así lo acuerda manda y firma Doña María Espiau Benedicto, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Jaca."

Y para que sirva de notificación en forma de la anterior sentencia al demandado declarado en rebeldía D. Juan Carlos Mendoza García cuyo paradero actual se desconoce, siendo su último domicilio conocido en la calle José Antonio Flores n.º 4089 de Asunción (Paraguay), expido el presente edicto a los efectos del art. 497 LEC, que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado, de lo que doy fe.

Jaca, 30 de abril de 2009.- Firma de la Juez, Firma de la Secretaria.

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