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Documento BOE-B-2009-3350

A CORUÑA.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2009, páginas 12516 a 12516 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-3350

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).

ANUNCIA:

1.º- Que en el procedimiento número 0000715 /2008, por auto de 1 de diciembre de 2008 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ALULAC 2005, S.L.,  con domicilio en calle Pablo Picaso, n.º 3-bajo, Culleredo, A Coruña, C.I.F. B15869860.

2.º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. ( por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o quien acredite representación suficiente de ellos y se presentará en el Juzgado de lo Mercantil de A Coruña, dirigido a la administración concursal. El escrito expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además los bienes o derechos a que afecte, y, en su caso, los datos registrales. Se acompañarán los originales o copias autentificadas del título o de los documentos relativos al crédito con la salvedad que establece el citado art. 85.

El plazo para esta comunicación es el de QUINCE DÍAS a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico LA VOZ DE GALICIA.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).

A CORUÑA, 2 de diciembre de 2008.- El/la Secretario judicial.

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