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Documento BOE-B-2009-34156

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 9 de octubre de 2009, páginas 121614 a 121614 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-34156

TEXTO

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial sustituta del Juzgado de lo Mercantil número dos de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal n.º 0000029/2009, seguido a instancias del Procurador/a Don/ña. Antonio L. Vega González, en nombre y representación de Goriscamp Construcciones, S.L., se ha dictado Auto el día 30 de septiembre de 2009, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Goriscamp Construcciones, S.L., con CIF B-35333756, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designan como Administradores del concurso a: D/ña. César Cervera Cantón, como Abogado, D/ña. José Martín Suárez Rodríguez, como Titulado Mercantil.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención de los Administradores.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Carlos Martínez Uceda Calatrava, Magistrado-Juez.- Doña Teresa de Jesús Rivero Hernández.- Secretario.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 5 de septiembre de 2009.- La Secretario Judicial.

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