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Documento BOE-B-2009-34560

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2009, páginas 124762 a 124763 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-34560

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia n.º 75 de Madrid.

Cédula de citación.

En el procedimiento de nulidad matrimonial n.º 623/08 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de constancia.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que ha transcurrido el plazo de veinte días hábiles concedido a la parte demandada en este proceso, computado desde el día siguiente al del emplazamiento, realizado a doña Vera Ego Okwise vía exhorto y a don Nicolás Martín López vía publicación en el BO., sin haber comparecido para contestar a la demanda.

Paso a dar cuenta. Doy fe.

Providencia.

Juez/Magistrado-Juez, Sr./a: María Alicia Risueño Arcas.

En Madrid, a 2 de octubre de 2009.

1. No habiendo comparecido la parte demandada Nicolás Martín López, Vera Ego Okwise, dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.

2. Conforme a lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley, y por ser conocido el domicilio de la parte demandada Dña. Vera Ego Okwise,notifíquesele esta resolución por correo certificado con acuse de recibo,advirtiéndosele que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso, y con respecto a Nicolás Martín López, se acuerda notificarle la citación a través de edicto que será colgado en el tablón de anuncios de este Juzgado así como publicándolo en el BOE.

3. Cumplido el trámite de contestación a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 440, al que remiten los artículos 753 y 770, todos ellos dela LECn, se convoca a las partes a la celebración de la vista principal de este juicio, para cuyo acto se señala el día 19 de enero de 2010, a las 9:30 horas.

4. Citese a la parte actora, haciéndola saber que debe comparecer al acto de la vista por sí misma, apercibiéndola que su incomparecencia sin causa justificada podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar su peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial. También será obligatoria la presencia de los abogados respectivos (artículo 770, regla 3.ª)

5. Cítese para el acto de la vista al Ministerio Fiscal.

6. Adviértase también a las partes que deben comparecer al acto de la vista con las pruebas de que intenten valerse y que, con carácter general, y sin perjuicio de lo que pueda acordarse de oficio por el tribunal, no se practicarán pruebas con posterioridad a dicho acto.

7. Haciendo uso de las facultades que el art. 752 de la LECn concede al Tribunal y en cumplimiento del deber de aportación documental establecido en el artículo 770.1 de dicha Ley, se requiere a la parte actora a fin de que en el acto dela vista aporte, si no lo hubiera hecho ya, los siguientes documentos:

Declaraciones de la renta correspondientes a los dos últimos ejercicios fiscales, en su caso, declaraciones del IVA o cualquier otra declaración que efectuen en función del régimen fiscal al que estén acogidos.

La seis últimas nóminas originales del año en curso.

Los pensionistas presentarán justificante del INSS acreditativo de la cuantía anual de la pensión.

Los desempleados deberán aportar tarjeta de demandante de empleo y, en su caso, justificante del INEM acreditativo de la cuantía y duración de la prestación o subisidio económico que perciba por dicho concepto.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Así lo manada y firma S.S.ª de lo que doy fe.

El/la Juez-Magistrado-Juez El/La Secretario.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Nicolás Martín López, se extiende la presente para que sirva de cédula de citación.

Madrid, 2 de octubre de 2009.- La secretario Judicial.

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