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Documento BOE-B-2009-35613

TARRAGONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 21 de octubre de 2009, páginas 128770 a 128770 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-35613

TEXTO

Edicto.

Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona.

El/la Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona,

Por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil "Transportes Alimenticios de Cataluña, Alimentrans, S.L.", con CIF n.º B-43451798 y domicilio social en C/ Francesc Macià, n.º 4, bajos, de Riudoms (Tarragona), seguidos en este Juzgado con el n.º 335/2005, se ha dictado en fecha 2-7-09 Auto de Conclusión del Concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de"Transportes Alimenticios de Cataluña, Alimentrans, S.L.", seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 335/2005 a instancias de"Transportes Alimenticios de Cataluña, Alimentrans, S.L." y el archivo de las actuaciones por inexistencia de más bienes de la concursada o de terceros responsables con los que satisfacer a los restantes acreedores.

Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se fijarán en el Tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona para cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administradora concursal, así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación, librándose para ello el correspondiente oficio y mandamiento que serán entregados al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma D.ª María Aránzazu Ortíz González, Magistrada-Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en,

Tarragona, 2 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.

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