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Documento BOE-B-2009-3744

ALICANTE.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2009, páginas 14329 a 14330 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-3744

TEXTO

Don Virginio Sanchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, por el presente Hago Saber que con fecha 23 de enero se ha dictado Auto en el Proc. Concursal Ordinario 14/07 cuya parte dispositiva es de este tenor literal:

Parte Dispositiva:

1.- Se decreta la apertura de la fase de Liquidación de la Mercantil Aquastyl 2000 S.L. a instancia de esta por imposiblidad de cumplir el convenio.

2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

3.- Se declara la disolución de la Mercantil, así como en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.- Se acuerda reponer a Cristina García Meca, José Antonio Gutierrez Pamies y Mateo Hernandez Hernandez en el cargo de administradores concursales. 

A tal efecto, efectúese sin demora comunicación de la presente, requiriéndoles para que en el plazo de Cinco Días comparezcan a aceptar la reposición en el ejercicio del cargo.

5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de Quince Días siguientes al de la notificación el plan de liquidación presente en el artículo 148 LC.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones dejando sin efecto las quitas y esperas convenidas.

7.- Procédase a la reapertura de la Sección Sexta de Calificación del concurso con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 LC.

Dentro de los Diez Días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con  interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta  alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable en razón del incumplimiento del convenio por causa imputable al concursado (artº 168.2 LC)

Notifiquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento y al Fogasa, Suma y Agencia Tributaria

Librese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la apertura de la fase de liquidación, disolución de la concursada y de las facultades del administrador concursal.

Publiquese en el BOE y en el periodico La Verdad (art 23) entregándose los despachos al procurador de la concursada para su diligenciado debiendo acreditar en  cinco días su tramitación.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación.

Así por este Auto, lo pronuncia , manda y firma el Iltmo/a. Sr./a D/Dña Rafael Fuentes Devesa Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe

     

Alicante, 26 de enero de 2009.- El Magsitrado Juez. El Secretario Judicial.

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