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Documento BOE-B-2009-376

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2009, páginas 1771 a 1771 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-376

TEXTO

Edicto

Doña Marta Victoria Fidalgo Iglesias, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 62 de Madrid, hago saber:

Que en este Juzgado se ha tramitado procedimiento de Juicio Ordinario número 1211/07, en el que se ha dictado Sentencia de fecha 16 de diciembre de 2008, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil ocho.

Doña Manuela Hernández Lloreda, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Sesenta y Dos de Madrid, habiendo visto los presentes Autos de Juicio Ordinario con el número 1211/07, seguidos por la Procuradora de los Tribunales señora Campillo García en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Esperanza, número 4 de Madrid, contra Garaje Esperanza, S.L., en situación procesal de rebeldía, procede a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales señora Campillo García en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Esperanza, número 4 de Madrid, condeno a Garaje Esperanza, S.L., en situación procesal de rebeldía, al pago de la cantidad de 90.018,48 euros, junto a los intereses legales desde la interpelación judicial en los términos reclamados y las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá interponerse en este Juzgado por medio de escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Publicación.- Dada, leída y publicada que fue la anterior sentencia por la señora Juez que la dictó, en el mismo día de su fecha constituida en audiencia pública en la Sala de Audiencias de este Juzgado, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la Sentencia a Garaje Esperanza, S.L. dado su ignorado paradero.

 

Madrid, 16 de diciembre de 2008.- La Secretaria.

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