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Documento BOE-B-2009-38608

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones, sobre la notificación a don Pedro Gómez Sánchez para el reintegro del percibo indebido de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 11 de noviembre de 2009, páginas 140593 a 140593 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2009-38608

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don Pedro Gómez Sánchez (74.777.383-J) el Acuerdo de 25 de noviembre de 2.008, relativo al reintegro de pagos indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente:

"Con escrito de este Servicio, número 70.010 de 15-04-2008, se intentó la notificación de iniciación de un expediente administrativo, conforme dispone el Art. 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, incoado por el percibo indebido de la cantidad de 382,68 euros, en concepto de Haberes, en el período comprendido entre el 17-01-2008 al 29-02-2008, abonada en la nómina de los meses de enero y febrero de 2.008, en cumplimiento de la Resolución 160/00674/08 (BOD. núm. 12 de fecha 27-01-2008), por la que pierde la condición de Guardia Civil y de Militar de carrera de la Guardia Civil desde el día 17 de enero de 2.008.

Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el Art. 84.2, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de Audiencia, y en consecuencia,

Acuerdo declarar que la cantidad de 382,68 euros, percibida por el don Pedro Gómez Sánchez (74.777.383-J), en concepto de Haberes, en el período comprendido entre el 17-01-2008 al 29-02-2008, tiene la consideración de "cantidades indebidamente percibidas".

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de Alzada ante el Director General de la Policía y Guardia Civil en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, en base a cuanto disponen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común". Por razones de más agilidad a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (Carretera de Andalucía km. 25,500), aportando las pruebas necesarias para corroborar su recurso de alzada.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 27 de octubre de 2009.- Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil, don Fausto Gallego González.

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